El sistema nacional de bienes estatales y el régimen jurídico del patrimonio cultural en Perú
Autor | Roberto Jiménez Murillo |
Páginas | 403-425 |
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CAPÍTULO XVII
EL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Y
EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL PATRIMONIO
CULTURAL EN PERÚ
R. El presente trabajo aborda la conexión f uncional del sistema nacio-
nal de bienes estata les con el régimen jurídico per uano del patrimonio cultu ral
de la Nación. El sistema naciona l de bienes estatales cuenta con r econocimiento
legislativo y reglamenta rio como tal desde el añ o 2008, el cual establece los
fundament os conceptuales y procedi mentales de los bienes de dominio pr ivado
y los bienes de dominio públic o. En cambio, el régimen jurídico del patri monio
cultural t iene base constit ucional desde la car ta de 1979, seguida de la actual
Constitución Política de 1993, con el corr espondiente cor relato legal y regla-
mentario desde el a ño 2006 en adelante. Así entonces, este tr abajo tiene como
objetivo destacar las p rincipales semejanzas y dife rencias entre ambos ámbitos
normativos con énf asis en el ejercicio de las potest ades de las entidades públi-
cas encargada s de asumir el cont rol, registro y ad ministr ación de los bienes
estatales en gene ral y los bienes culturales, en pa rticular.
A . T his paper addre sses the functi onal connection of th e National
System of State Asse ts with the Peruvian legal syste m of the cultural heritage of
the nation. The National System of State Assets has legislative and regulatory
recognition as such since 2008, which establishes the conceptual and procedural
foundations of private and public property. Instead, the legal status of cultural
heritage has constitutional basis from the Constitution of 1979, followed by the
current Constitution of 1993, with the relevant legal and regulatory correlative
since 2006 onwards. So then, this paper aims to highlight the main similarities
and differences between the two policy areas with an emphasis on exercise of the
powers of public entities responsible for taking over, registration and manage-
ment of state assets in general and cultural property, in particular.
P C : bienes estat ales, bienes de domin io público, patrimon io
cultural, Sup erintendencia Nacional de Biene s Estatales, Minist erio de Cultura,
registro administr ativo, registros públicos.
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K W: st ate assets, Public property, Cult ural Heritage, National Super-
intendency of S tate Assets, Ministry of Cultu re, Administrative registr y, Natio-
nal System of Public Regi stries.
1. Present ación del tema. 2. Ante cedentes del sistema n acional de
bienes estatales. 3. El siste ma nacional de bienes estatales. 4. Régime n jurídico
del patrimonio c ultural de la nación. 5. Aproxima ciones y distancias concept ua-
les, admin istrativas y operativas ent re los bienes estatales a cargo de las adm i-
nistraciones pú blicas y los bienes públicos co nformantes del patrimonio cu ltu-
ral: A) Bases constitucion ales y legales. B) Entidades rectoras. C) Clasi ficación
de bienes estatales. D) Natu raleza jurídica de los bienes. E) Afecta ción y desa-
fectación del domin io público. F) Registros ad ministr ativos y registros jur ídi-
cos. G) Potestades sancion adoras. 6. A modo de conclusión.7. Bibliografía.
1 PRESENTACIÓN DEL TEMA
La propiedad constituye una instit ución jurídica de arraigo tradicional en el
derecho. Es el derecho civil la primera disciplina que con amplitud doctr inaria
y casuística informa acerca de los derechos reales. A través de tal estudio se
identifican las principales características de las relaciones jurídicas entre los
agentes privados que derivan de la propiedad, posesión, garantías, entre otros.
En efecto, la propiedad, sus atributos, caracter ísticas registrales y no registra-
les, incluyendo la clasificación de los bienes, por citar sólo algunas figuras,
conforman un referente doctrinario y legislativo que se involucra con las rela-
ciones jurídicas de administración y disposición en el Derecho Privado.
Así pues, instaurado en la doctrina el estudio de los denominados derechos
reales administrativos, se inicia un progresivo arraigo en las legislaciones de
los países para regular las relaciones jurídicas que der ivan de la administración
de los bienes estatales. Sin embargo, nuestro propósito es tomar como pretexto
el comentado contingente temático de la propiedad civil, para in iciar el presen-
te estudio de la propiedad estatal en el entor no de las instituciones del Derecho
Público, con énfasis en las competencias y potestades de las ent idades públicas
quienes constituyen sus propietarias y titulares.
De ninguna manera, el estudio de los bienes de propiedad estatal se podrá
sustraer a la información y casuística que deriva de la clasificación de bienes
muebles e inmuebles o de los atributos de la propiedad, cuales son el uso, dis-
frute, disposición y reivindicación. Por otra parte, es de notar de primera ins-
tancia, que tales atributos –tratándose de bienes de dominio privado estatal–,
deberán ponderarse al inter ior de la administración pública, de acuerdo a la
clasificación de los bienes públicos que asume el ordenamiento jurídico perua-
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