La protección del Sistema de Seguridad Social por accidente de trabajo y enfermedad profesional

AutorAnna Ginès i Fabrellas
Cargo del AutorBecaria del Área de Derecho del Trabajo, Universidad Pompeu Fabra
Páginas17-41

Page 17

La protección social frente a contingencias profesionales tiene, en comparación con el régimen de protección por contingencias comunes, un régimen privilegiado22.

Existe multiplicidad de peculiaridades en el régimen que protección por contingencias profesionales que le otorgan dicho carácter privilegiado: situación asimilada al alta, mejora de la base de cotización, ausencia de períodos de cotización previa, etc23.

Este trato privilegiado de la protección social por contingencias profesionales es cuestionado por algunos autores por considerarlo contrario al principio de igualdad24. En este sentido, desde mi punto de vista, es injustificada la diferencia de protección existente entre las situaciones de necesidad derivadas de contingencias comunes y profesionales, abogando, por tanto, a favor de su uniformización.

A continuación, previo repaso de los conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, se analiza el régimen de cotización por contingencias profesionales y las condiciones de acceso y sistema de cálculo de las prestaciones públicas, destacando de forma especial sus peculiaridades o tratamiento privilegiado.

Page 18

3.1. Introducción a los conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional
3.1.1. accidente de trabajo: inclusiones, exclusiones y presunción de laboralidad

Accidente de trabajo es "toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena" (artículo 115 LGSS)25.

Como se deriva de este precepto, es necesaria la concurrencia de tres requisitos para apreciar la existencia de un accidente de trabajo: lesión corporal, relación de causalidad entre la lesión y el trabajo y trabajo por cuenta ajena.

- Es necesaria la existencia de una lesión corporal. El término lesión hace referencia a las alteraciones físicas o psíquicas que se presentan de forma súbita y traumática26. Por tanto, el accidente de trabajo implica la existencia de una lesión o perjuicio producido por una acción súbita y violenta de un agente exterior27.

No obstante lo anterior, la jurisprudencia ha ampliado el concepto de lesión a enfermedades de lenta aparición o desenlace28. En este sentido, actualmente, las denominadas enfermedades del trabajo se asimilan a los accidentes de trabajo [artículo 115.2.e) LGSS].

- Asimismo, es necesaria la existencia de una relación de causalidad entre la lesión y el trabajo. Dicha relación de causalidad puede ser estricta (por consecuencia) o indirecta (con ocasión)29. En este último supuesto, no es

Page 19

necesario que el trabajo sea la causa única y directa de la lesión, sino que es suficiente la existencia de una causalidad indirecta o mediata30, sin que sea posible la ausencia total de nexo causal entre lesión y trabajo31.

- Finalmente, el concepto de accidente de trabajo del artículo 115 LGSS va de la mano del trabajo por cuenta ajena. Únicamente se refiere a los trabajadores que trabajan por cuenta ajena; esto es, en relación con los cuales concurren las notas de ajenidad, dependencia jurídica, voluntariedad y retribución (artículo 1.1 ET)32.

Los trabajadores por cuenta propia, sin embargo, también se encuentran protegidos frente a contingencias profesionales. La disposición adicional trigésimo cuarta de la LGSS establece que "se entenderá como accidente de trabajo del trabajador autónomo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación del dicho Régimen Especial". Como puede observarse, el concepto de accidente de trabajo configurado para los trabajadores autónomos es más estricto y requiere de una relación de causalidad directa, excluyendo la mediata, entre la lesión sufrida y el trabajo33.

No obstante, el concepto de accidente de trabajo aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) coincide con el propio del trabajo por cuenta ajena34. El artículo 26.3 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, por la que se regula el Estatuto del Trabajo Autónomo establece que se entenderá por accidente de trabajo toda lesión corporal que sufra el TRADE con ocasión o por consecuencia de la actividad profesional.

El apartado segundo del artículo 115 LGSS establece que también tienen la consideración de accidentes de trabajo aquellos accidentes que sufra el trabajador:

Page 20

  1. Al ir o volver del lugar de trabajo (accidente in itinere)35. La doctrina unificada del Tribunal Supremo exige la concurrencia de cuatro requisitos para apreciar un accidente in itinere: teleológico (el traslado debe estar motivado únicamente por el trabajo), cronológico (el accidente debe ocurrir en tiempo inmediato o próximo al inicio o fin de la jornada laboral), topográfico (el accidente ha de ocurrir en el camino de ida y vuelta del domicilio al trabajo, en uso del trayecto normal y habitual) y mecánico (el medio de transporte utilizado ha de ser el racional y adecuado)36.

  2. Con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.

  3. Con ocasión o por consecuencia de tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

  4. En actos de salvamento o de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo.

  5. Las enfermedades, no incluidas en el artículo 116 LGSS, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.

    En este punto, es importante destacar que la relación de causalidad entre el trabajo y dicha enfermedad es más fuerte que la que se exige entre accidente y trabajo. La ejecución del trabajo debe ser causa directa y exclusiva de la enfermedad, eliminándose del ámbito de las enfermedades del trabajo las relaciones de causalidad indirectas. Sin embargo, como se analiza en el apartado siguiente, es posible superar esta restricción mediante el juego de la presunción de laboralidad de los accidentes ocurridos en tiempo y lugar de trabajo37.

    Page 21

    Un ejemplo de enfermedades del trabajo pueden ser las enfermedades psicosociales (estrés, depresión, ansiedad, etc.). Aunque no son consideradas enfermedades profesionales según el artículo 116 LGSS, pueden ser enfermedades del trabajo cuando presenten una conexión causal con la prestación de servicios38.

    En este sentido, los tribunales han considerado enfermedades del trabajo aquellas dolencias de carácter psíquico causadas directa y exclusivamente por situaciones de acoso moral39o sexual40o generadas por riesgos psicosociales, tales como estrés41, burnout42, etc. Estas patologías, sin embargo, no adquieren la calificación de accidente de trabajo cuando la causa de dicha dolencia no es imputable exclusivamente a la prestación de servicios43.

  6. Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

  7. Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.

    Page 22

    Como puede observarse, el artículo 115.2 LGSS supone una ampliación legislativa del concepto de accidente de trabajo. Recogiendo la jurisprudencia producida a partir de la interpretación del término "con ocasión o por consecuencia del trabajo", dicho precepto enumera los supuestos que también tienen la consideración de accidentes de trabajo44.

    Estas ampliaciones han supuesto el abandono progresivo de la nota de responsabilidad empresarial como elemento configurador del accidente de trabajo45. En este sentido, ha sido especialmente criticada por una parte de la doctrina la inclusión dentro del concepto de accidente de trabajo de daños que claramente escapan del control del empresario, como es el accidente de trabajo in itinere46.

    Además de las anteriores inclusiones, el articulo 115.3 LGSS establece una presunción a favor de la calificación de accidente de trabajo de aquellas lesiones que sufra el trabajador en tiempo y lugar de trabajo47. Concretamente, establece que "se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo".

    Esta presunción iuris tantum tiene tres implicaciones importantes48:

    Page 23

    (a) Supone la ampliación del concepto de accidente de trabajo. Adquieren la calificación de accidentes de trabajo aquellos sufridos durante el tiempo y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR