Simó Santonja, Vicente Luis: Derecho sucesorio comparado. Conflictos de Leyes en materia de sucesiones

AutorVicente L. Montes
Páginas551-554

Simó Santonja, Vicente Luis: Derecho sucesorio comparado. Conflictos de Leyes en materia de sucesiones. Madrid (Tecnos, 1968), 694 págs.

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Es evidente que, como señala el autor de entrada, el mayor intercambio comercial entre los pueblos, el desarrollo de actividades y negocios en el ámbito internacional y los fenómenos masivos, como el turismo o laPage 552 emigración, plantean la necesidad del estudio y aplicación de la Ley extranjera incluso ante Tribunales y del conocimiento y resolución de los conflictos de Leyes y del Derecho comparado. Y si el estudio de la norma material extranjera y de las normas confhctuales es ya de por sí dificil, aún lo es más en materia de derecho de sucesiones, tanto para el jurista teórico cuanto para el práctico, debido a la extraordinaria heterogeneidad de los regímenes legales y a la característica complejidad del fenómeno sucesorio.

A esta ardua tarea contribuyó Simó Santonja con esta obra que trata de los conflictos de Leyes en materia de sucesiones: un tema de Derecho internacional privado enfocado a la luz del Dercho comparado.

El libro se inicia con una clara exposición de las relaciones entre Derecho internacional privado y Derecho comparado, en la introducción (págs. 23 a 27), tomando como básico punto de partida el concepto de Gutteridge, para quien Derecho comparado es un método de estudio e investigación y no una distinta rama o provincia del Derecho. La diferencia esencial que le separa del Derecho internacional privado estriba en que éste decide cuál es el derecho aplicable. Pero la intima relación entre ambos es evidente, puesto que la elección de unas Leyes de conflicto requiere no solamente el conocimiento de las mismas, sino la debida comparación entre ellas. El valor del Derecho comparado como remedio de apriorismos y logicismos y como formador del sentido práctico es, por otra parte, bien subrayado por Simó.

Las cuestiones que van a ser abordadas en la obra se plantean partiendo de un principio fundamental: la materia de sucesiones se presenta como unidad. El principio de la unidad de sucesión es interpretado por el autor en el sentido de que cada cuestión planteada ha de resolverse por una sola Ley para cualquier país (por ejemplo, capacidad del testador, validez de la aceptación, etc.), pero no de que todas y cada una de las cuestiones deban regularse por la misma Ley (por ejemplo, distinguir la Ley competente para regular la capacidad del testador de la competente para...

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