Silencio administrativo negativo

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

El silencio administrativo negativo es la ausencia de manifestación expresa de la Administración pública y la atribución, a esa falta de actuación, de consecuencias desestimatorias en cuanto a lo solicitado.

Contenido
  • 1 Requisitos del silencio administrativo negativo
  • 2 Efectos del silencio administrativo negativo
  • 3 Resolución expresa posterior en el silencio administrativo negativo
  • 4 Ver más
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En doctrina
  • 6 Legislación básica
  • 7 Legislación citada
  • 8 Jurisprudencia citada
Requisitos del silencio administrativo negativo

La determinación del silencio administrativo como negativo requiere del cumplimiento de una serie de requisitos, ya que el art. 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas exige que una norma con rango de ley o una norma de Derecho comunitario así lo establezcan a efectos de excepcionar la norma general que otorga efectos estimatorios a la falta de resolución expresa . Se exige, por lo tanto, previsión normativa (norma estatal con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario) y, en el caso de ley nacional es necesaria, además, la concurrencia de razones imperiosas de interés general.

Además, el art. 24.1 Ley 39/2015 establece determinados casos, concretos y determinados, en los que el silencio de la administración tendrá efectos negativos respecto a la pretensión planteada:

  • Casos en los que la estimación tuviera como consecuencia la transferencia de facultades relativas al dominio público o servicio público
  • Ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente

No obstante, y como contraexcepción, el art. 24.1 Ley 39/2015 establece que, cuando el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa, siempre que no se refiera a las materias enumeradas en el párrafo anterior del mencionado artículo.

Efectos del silencio administrativo negativo

La consecuencia fundamental del silencio administrativo negativo es que el interesado puede tener por desestimada su pretensión y que puede...

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