Sexo, género y derechos: del 'derecho a la orientación sexual y la identidad de género' al 'derecho a la libre determinación del género

AutorJosé Martínez de Pisón Cavero
Páginas23-64
Sexo, género y derechos: del “derecho a la orientación sexual y la identidad de género” 23
ISSN: 1133-0937 DERECHOS Y LIBERTADES
DOI: https://doi.org/10.20318/dyl.2022.6512 Número 46, Época II, enero 2022, pp.23-64
SEXO, GÉNERO Y DERECHOS:
DEL “DERECHO A LA ORIENTACIÓN SEXUAL
Y LA IDENTIDAD DE GÉNERO”
AL “DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN DEL GÉNERO”
SEX, GENDER AND RIGHTS: FROM THE
“RIGHT TO SEXUAL ORIENTATION AND GENDER IDENTITY”
TO THE “RIGHT TO SELF-DETERMINATION OF GENDER
JOSÉ MARTÍNEZ DE PISÓN
Universidad de La Rioja
Fecha de recepción: 16-2-21
Fecha de aceptación: 26-4-21
Resumen: Desde principios del siglo XXI, la orientación sexual y la identidad de géne-
ro están siendo reconocidos como derechos del colectivo LGBTIQ por informes
de organizaciones, documentos internacionales sobre derechos humanos y por
sentencias judiciales. Estos derechos tienen por objeto evitar la discriminación
de estas personas, la prohibición de la violencia y el odio y el pleno disfrute de
los derechos y libertades fundamentales. Sin embargo, siguen existiendo gru-
pos de personas, como los intersexuales, los transgénero, los queer, los no bi-
narios, etc., que no se sienten identificados con la formulación de este derecho.
Este artículo analiza los diferentes aspectos de este debate y explora la vía para
la justificación de un derecho a la libre determinación del sexo.
Abstract: Since the beginning of the 21st century, sexual orientation and gender
identity have been recognized as rights of the LGBTIQ collective by reports
from organizations, international documents on human rights and by court
decisions. These rights are intended to prevent discrimination against these
people, the prohibition of violence and hatred and the full enjoyment of
fundamental rights and freedoms. However, there are still groups of people,
such as intersex, transgender, queer, non-binary, etc., who do not feel identified
with the formulation of this right. This article analyzes the different aspects of
this debate and explores the way to justify a right to self-determination of sex.
24 José Martínez de Pisón
DERECHOS Y LIBERTADES ISSN: 1133-0937
Número 46, Época II, enero 2022, pp. 23-64 DOI: https://doi.org/10.20318/dyl.2022.6512
Palabras clave: derechos personas LGBTIQ, orientación sexual, identidad de
género, libre determinación del género.
Keywords: LGBTIQ people rights, sexual orientation, gender identity,
gender sel-determination
1. PREGUNTAS BÁSICAS
La entrada del nuevo siglo ha supuesto un avance importante en el cam-
bio de la percepción de la situación de las personas LGBTIQ 1 y de sus dere-
chos. Cada vez más, las sociedades nacionales, las organizaciones interna-
cionales, los ciudadanos en general son conscientes del daño personal, de
la indignidad y de la injusticia a la que se ha visto sometido durante mucho
tiempo este colectivo: desde un injustificado ostracismo, hasta la coacción y
la violencia, la persecución e, incluso, la pérdida de la vida, pasando por la
estigmatización social y la patologización. En muchos casos, esto ha sucedi-
do con el respaldo del ordenamiento jurídico, que penaliza sus conductas
sexuales y sus expresiones del género, y de las autoridades gubernativas.
Sin embargo, las dos primeras décadas del siglo XXI han visto un cam-
bio generalizado y perceptible en la actitud hacia las personas LGBTIQ que
se ha concretado también en importantes modificaciones en las políticas de
los gobiernos, en los ordenamientos jurídicos nacionales y, sobre todo, en
la posición de los organismos internacionales, especialmente, lo vinculados
al reconocimiento y protección de los derechos humanos. Estas importantes
mutaciones, desde luego, no han sido posible sin la iniciativa, el tesón y la
perseverancia del activismo en favor de los derechos LGBTIQ y de los mo-
vimientos sociales que han reflejado en el mejor sentido la idea de R. Ihering
sobre la “lucha por los derechos” como un motor para el cambio del derecho.
1 Utilizo el acrónimo LGBTIQ frente a LGTBI utilizado por los movimientos socia-
les y la literatura especializada española porque es el empleado por la Comisión Europea en
su Unión of Equality. LGBTIQ Equality Strategy 2020-2025, (https://ec.europa.eu/info/files/lgbtiq-e-
quality-strategy-2020-2025_en, última vez consultado 6 de enero de 2021) y, además, está más
extendido allende nuestras fronteras. Según la Estrategia, dada a conocer el 12 de noviembre
de 2020, las personas LGBTIQ son aquellas personas que sienten atracción hacia otras de su
propio género (lesbianas, gays) o de ambos (bisexual); aquellas cuya identidad y/o expresión
de género no corresponde al sexo asignado en el momento del nacimiento (trans, no-binarios);
aquellas que han nacido con características que no se ajustan a la definición típica de hombre
o mujer (intersex); y aquellas cuya identidad no se ajusta a la clasificación binaria de la sexua-
lidad y/o género (queer).
Sexo, género y derechos: del “derecho a la orientación sexual y la identidad de género” 25
ISSN: 1133-0937 DERECHOS Y LIBERTADES
DOI: https://doi.org/10.20318/dyl.2022.6512 Número 46, Época II, enero 2022, pp.23-64
Ahora bien, ¿cuáles han sido y son las causas de estos cambios?
Realmente, ¿se han producido a plena satisfacción del colectivo? ¿Cuáles
han sido los hitos más relevantes del proceso de reconocimiento de los de-
rechos de las personas LGBTIQ, si es que los ha habido? En última instancia,
¿cuál es la justificación para su reconocimiento y su protección y en qué figu-
ras jurídicas pueden concretarse, si es que cabe hablar de derechos para este
colectivo?
El objetivo de este artículo es dar respuesta a estas cuestiones y, a la
postre, realizar un análisis de los derechos reivindicados por las personas
LGBTIQ, de su evolución y de su fundamento y de algunos conceptos básicos.
El punto de partida, que a su vez sirve también como importante elemento
de justificación a favor de la reivindicación de los derechos LGBTIQ, lo cons-
tituyen las descripciones de los informes de situación de las personas de este
colectivo que se realizan con carácter global. Por la institución que lo realiza,
uno de los más notorios y relevantes es, sin duda, el del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Pues bien,
este destacado defensor de los derechos humanos ya se pronunció sobre la
cuestión en 2015 en un informe denominado Discriminación y violencia contra
las personas por motivos de orientación sexual e identidad de género, en el que pre-
senta ciertamente un panorama desolador. Tras destacar los progresos rea-
lizados en los años anteriores, “sin embargo, estos avances positivos se ven
eclipsados por las violaciones continuas, graves y muy extendidas de los de-
rechos humanos que se cometen, demasiado a menudo con impunidad, por
motivos de orientación sexual e identidad de género. Desde 2011 ha habido
cientos de víctimas mortales y miles de heridos en ataques brutales y violen-
tos, algunos de los cuales se describen a continuación. Otras vulneraciones
documentadas son la tortura, la detención arbitraria, la negación de los de-
rechos de reunión y de expresión, y la discriminación en la atención sanita-
ria, la educación, el empleo y la vivienda. Estos y otros abusos justifican una
respuesta concertada de los gobiernos, los parlamentos, las organizaciones
regionales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad
civil, así como de los órganos de las Naciones Unidad, incluido el Consejo de
Derechos Humanos” 2.
2 Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
Discriminación y violencia contra las personas por motivos de orientación sexual e identidad de gé-
nero, 2015, p. 4 (https://undocs.org/es/A/HRC/29/23, última vez consultado el 8 de enero de
2021). Como resultado del creciente interés de Naciones Unidas por la situación del colectivo
LGBTIQ ha sido la creación de la figura del Experto Independiente sobre la protección contra

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR