Servicio especializado de protección de menores de las CCAA

AutorDaniel Valpuesta Contreras - Pablo Abascal Monedero - Concepción Nieto Morales
Cargo del AutorFiscal Coordinador de Protección de Menores. Fiscalía de Sevilla - Dr. Derecho. coordinador turno Oficio Protección. Colegio Abogados de Sevilla. Pfr. A. Universidad Pablo Olavide. - Dra. Sociología. Pfra. A. Universidad Pablo de Olavide. Sevilla. España
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Desde los servicios cercanos al menor, bien sean los SSCC, educación, Fuerzas y Cuerpos de seguridad se debe de evaluar los factores del riesgo, además de sus características de los hechos, gravedad, frecuencia, ubicación temporal, el tipo de lesiones que presenta el menor y su localización, historial previo de informes de maltrato, etc.

Desde el momento que los SSCC tienen conocimiento de que un menor es objeto de maltrato debe investigar sobre la situación y realizar un informe sobre la situación no urgente que notifique a los Servicios Sociales especializados. Dicho informe contendrá los datos de filiación del menor y miembros de la familia, dirección y a ser posible teléfono; se debe reflejar las características del incidente o problema existente delimitando el problema reflejando los indicadores del maltrato y antecedente justificando las demandas de actuación, además de delimitación de la problemática, información de la persona que notifica el caso de malos tratos, siendo fundamental que se notifique dirección y localización ante los hechos de la familia y del menor objeto de malos tratos.

Grafico XI. Esquema intervención Servicio Protección de Menores

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Fuente: Elaboración propia a partir de Casión Muñoz, et al, 2001:69

El grafico XI, pone de relieve un Esquema intervención Servicio Protección de Menores refleja el

Esquema intervención del Servicio Protección de Menores desde la asignación del caso hasta emitir el plan del caso objeto de intervención.

Se informara de los datos escolares además de nivel educativo y ocupacional y de la atención de los padres o tutores en el área educativa; en sistema de salud la existencia de hábitos saludables, enfermedad, salubridad de la vivienda, etc. se hará referencia a nivel económico, indicadores de conductas de maltrato detectadas y en que nivel se produjeron, reflejando la

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valoración, el nivel de gravedad, se incluirá la respuesta ante la intervención y la incapacidad de los tutores o figuras parentales de control de la conducta del menor, además de la respuesta ante la intervención junto a una valoración global y propuesta de un programa de intervención.

El informe ira fechado con nombre o colegiación del profesional que firma el documento y la dirección profesional desde donde se evacua el informe emitido

Los Servicios Especializados de Menores de las Comunidades Autónomas, desde el mismo momento de la recepción del expediente del Menor objeto de...

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