Sentencias del Tribunal Supremo

AutorRedacción Lefebvre-El Derecho
Páginas95-103
LA NOTARIA | | 1/2019 95
Sentencias
XX/XXXX
Sentencias del Tribunal Supremo
Fechadas desde enero a julio de 2019
Redacción Lefebvre-El Derecho
NOTARIOS
Legitimación de notario para impugnar DGRN
nente: D. Ignacio Sancho Gargallo
RESUMEN: Calificación negativa de inscripción. Legitimación de
notario. La Sala del TS entiende que el notario no ha justificado su le-
gitimación para impugnar la resolución de la DGRN. La afectación de la
resolución objeto de impugnación al prestigio del notario no justifica su
legitimación para impugnarla y tampoco el riesgo abstracto de respon-
sabilidad del notario frente a sus clientes. Es necesario que se muestre
un riesgo concreto de que se haga valer esa acción de responsabilidad
contra el notario, de lo que no queda constancia en nuestro caso (FJ 2).
ITER PROCESAL: El juzgado estimó la demanda interpuesta por el
notario y anuló la resolución de la DGRN, la AP desestimó el recurso de
apelación y confirmó la anulación, el TS estima el recurso de casación
interpuesto por la DGRN porque el notario demandante no ha justifi-
cado su legitimación para impugnar la resolución.
CONSUMIDORES Y USUARIOS
Cláusulas abusivas respecto a gastos asociados a préstamo
hipotecario
Ref EDE 2019/501277, STS Sala 1ª Pleno de 23 enero 2019, rec. 5298/2017.
Ponente: D. Pedro José Vela Torres
RESUMEN: Cláusulas abusivas respecto a gastos asociados a préstamo
hipotecario. Fija doctrina. El Pleno de la Sala Primera del TS fija doctrina
sobre cuestiones relativas a cláusulas abusivas en contratos con consumi-
dores. Respecto a los efectos de la nulidad de la cláusula que atribuye al
prestamista la totalidad de los gastos e impuestos, señala que son pagos
que han de hacerse a terceros -notario, registrador de la propiedad- co-
mo honorarios por su intervención profesional con relación al préstamo
hipotecario. La declaración de abusividad no puede conllevar que esos
terceros dejen de percibir lo que por ley les corresponde. El pago de esas
cantidades debe correr a cargo de la parte a la que correspondiera según
la normativa vigente en el momento de la firma del contrato (FJ 4).
ITER PROCESAL: El juzgado estimó la demanda del prestatario con-
tra la entidad bancaria prestamista en la que solicitaban la nulidad de
una cláusula por abusiva y la restitución de las cantidades indebida-
mente abonadas por su aplicación. La AP estimó en parte el recurso
del banco y declaró la nulidad parcial y la recuperación del total de los
gastos del registro de la propiedad y el 50% de los gastos de gestoría,
con IVA. El TS, manteniendo la calificación de abusiva para la cláusula,
distribuyó de otra forma los gastos derivados del préstamo hipoteca-
rio, al señalar que la declaración de abusividad no puede conllevar que
terceros, como notario, registrador de la propiedad dejen de percibir
lo que por ley les corresponde, debiendo ser pagadas por la parte a la
que correspondiera según la normativa al firmarse el contrato.
Desahucios por impago de tres cuotas
Ref EDE 2019/9671, STUE de 26 marzo 2019, C-70/2017 y C-179/17
RESUMEN: Avalados por el Tribunal Europeo los desahucios por
impago de tres cuotas si es la opción más ventajosa. El TJUE considera
que las cláusulas de vencimiento anticipado presentes en miles de hi-
potecas y que han permitido a la banca iniciar miles de procedimiento
ante un solo impago, deben ser anuladas por abusivas. Sin embargo,
avala que los jueces pongan remedio a la nulidad de tal cláusula abu-
siva sustituyéndola por la nueva redacción de la disposición legal que
inspiró dicha cláusula, aplicable en caso de convenio entre las partes
del contrato, con un límite máximo de tres impagos para poder iniciar
el procedimiento de ejecución hipotecaria (FJ 48-64).
ITER PROCESAL: Las peticiones de decisión prejudicial tienen por
objeto la interpretación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5
de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos cele-
brados con consumidores, en particular de sus artículos 6 y 7. Estas
peticiones se presentan en el contexto de litigios entre particulares y
entidades bancarias. El TJUE avala que los jueces pongan remedio a la
nulidad de tal cláusula abusiva sustituyéndola por una nueva redac-
ción, requiriéndose tres impagos para poder iniciar el procedimiento
de ejecución hipotecaria.

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