Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de octubre de 2003

AutorTeresa San Segundo Manuel
Páginas2533-2535

Antecedentes.-Ante el Juzgado de Primera Instancia presentaron demanda contra una serie de personas la esposa e hija del testador, J. P. M., solicitando, por una parte, la nulidad de los testamentos otorgados por el causante, con posterioridad al año noventa, basándose en la incapacidad mental del mismo y, por otra, la validez y vigencia del testamento del año 89, peticiones que fueron aceptadas en el fallo emitido por el Juzgado. En consecuencia, el Juzgado admitió que determinados bienes pertenecían por mitad a la esposa y a la herencia yacente. Condenó a P. M. R. a devolver a la actora los bienes que poseyera en calidad de albacea testamentario. Asimismo declaró que el producto de la venta de la casa de la calle C. correspondía a la herencia yacente del citado J. P. M.

En cuanto a las costas, impuso a la actora las causadas por aquellos demandados que fueron absueltos de los pedimentos en su contra formulados. Respecto de aquellos demandados a los que afectaban pretensiones de la actora que fueron estimadas parcialmente, no se hizo expresa imposición de costas.

Apelada la sentencia dictada por el Juez de Primera Instancia fue revocada por la Audiencia Provincial en algunos aspectos que a continuación se re-Page 2533latan. Se declaró la nulidad radical e inexistencia de algunas transmisiones ínter vivos de fincas contenidas en diversas escrituras públicas por falta de consentimiento del vendedor, condenando a S. P. M. a devolver la posesión de tales fincas a los herederos y declarándose, asimismo, la nulidad y cancelación de las inscripciones regístrales correspondientes. Esta misma decisión rige para las transmisiones de fincas otorgadas por V. L., S. A., a favor, también, de S. P. M.

La solución anterior se adopta también para las transmisiones de fincas realizadas a favor de I. Q. A., así como a las realizadas a favor de P. M. R. y de su esposa A. H. G. y las que figuran a favor de I. M. A. Se declara la nulidad de estas transmisiones por falta de consentimiento del vendedor, si bien, en estos casos, además deben abonar a los herederos las cantidades que adeuden a sus respectivos bancos como consecuencia de los préstamos obtenidos con garantía hipotecaria sobre las citadas fincas, a fin de que puedan ser canceladas las hipotecas.

También hace referencia la sentencia a otros asuntos como el declarar la anulación de un contrato de opción de compra o el carácter ganancial de la que fue vivienda conyugal, entre otros.

En cuanto a las costas de la primera instancia, se imponen a los demandados cuyas pretensiones fueron rechazadas en relación a las causadas con su oposición, a la actora las causadas por aquellos demandados que fueron ab-sueltos de los pedimentos en su contra formulados.

Recurrida en...

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