Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2003

AutorMoratilla Galán, Isabel.
Páginas1075-1075
Antecedentes

Doña Rosa Hernández Brito, viuda y causahabiente del demandado don Francisco García Hernández, recurre la sentencia que, revocando la de Primera Instancia, da lugar en parte a la demanda y declara la nulidad, por simulación absoluta, de la compraventa consignada en escritura pública de 12 de mayo de 1976, otorgada como vendedora por la entidad «Los Tulipanes, S. L.», a favor de don Francisco García Hernández, cónyuge de la recurrente, así como la nulidad de las inscripciones regístrales producidas por dicha escritura, por entender que pese a haber fijado como precio de las fincas rústicas, objeto de la venta, el de tres mil cinco euros y seis céntimos de euro, que se sostiene es un precio vil, ya que dos años antes hablan sido vendidas las mismas a la sociedad «Vista Panorámica, S. A.», por sesenta y tres mil ciento seis euros y veintisiete céntimos de euro; sin embargo, el precio que se confiesa en la escritura como recibido, no se acredita en autos.

Doctrina

En realidad, para que se declare la nulidad de la compraventa no es suficiente la vileza o nimiedad del precio sino que se exigen otras circunstancias capaces de hacer derivar la prueba presuntiva a la determinación de la inexistencia del precio, circunstancias que la sentencia recurrida no puso de manifiesto en sus consideraciones de derecho para llegar a la conclusión de la existencia de nulidad absoluta del contrato por...

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