Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha de 5 de mayo de 2021 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Amalia Bolaño Piñeiro)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
Páginas136-140
Recopilación mensual n. 120, Febrero 2021
136
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de febrero de 2022
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha de 5 de mayo de 2021
(Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Amalia Bolaño
Piñeiro)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ: STSJ GAL 2644/2021 - ECLI:ES:TSJGAL:2021:2644
Palabras clave: Indemnización. Incendio. Responsabilidad patrimonial.
Resumen:
Interviene como actora en el presente asunto la Comunidad de Montes Vecinales en Mano
Común de Picoñas, siendo objeto del mismo la Resolución del Secretario General Técnico
de la Consellería de Infraestruturas y Vivienda de la Xunta de Galicia que estima parcialmente
la reclamación formulada de solicitud de declaración de responsabilidad patrimonial por los
daños y perjuicios sufridos en el monte Picoñas debido al incendio ocurrido el 6 de julio de
2.015, se declara responsable de dichos daños a la empresa "EXTRACO, S.A. - MISTURAS,
S.A., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS", con la obligación de indemnizar con la
cantidad de 53.586,22 euros".
Para la actora, en su recurso se basa en que: ",...la Consellería de Infraestructuras y Vivienda dicta
resolución en la que se confirma íntegramente …y se declara a la U.T.E CONSERVACIÓN
OURENSE responsable de los daños provocados por un importe de 53.586,22 €,.., se impugna, pues,
únicamente, la cuantía de los daños por considerar que no han sido ponderados adecuadamente por la Xunta
y son bastante más elevados, tal y como demuestran las periciales efectuadas por D. Doroteo y D. Emiliano
,.., La cantidad que esta parte reclama en concepto de indemnización se cifra en 163.188,17 euros y es la
que resulta del cálculo efectuado por el Ingeniero de Montes D. Emiliano.”
Por parte de la Xunta de Galicia, solicita desestimar el recurso y para ello: ",...exige tomar en
consideración los informes periciales aportados a dicho procedimiento administrativo y, particularmente, el
emitido por la entidad de valoración ADDVALORA, en el que se valora el importe de los daños y perjuicios
en 53.586,22 €, Solicitando que se dicte Sentencia por la que se desestime íntegramente la misma”.
Como codemandada aparece la entidad "SEGURCAIXA- ADESLAS, S.A. de SEGUROS y
REASEGUROS" se opuso al recurso interpuesto alegando que: ",.. el objeto del proceso ha de
circunscribirse exclusivamente al importe indemnizatorio otorgado.,..,", Solicitando en definitiva, que se
dicte Sentencia por la que, se desestime el recurso interpuesto con expresa imposición de
costas a la parte recurrente.
Una relación de los hechos más relevantes en el presente caso sería la siguiente.
La Comunidad de Monte Vecinal en Mano Común Picoñas es la gestora viene constituida
en entidad gestora del monte Picoñas, La Xunta de Galicia suscribió con la entidad Extraco,
S.A. un contrato para ejecución de obra, la cual subcontrata con un tercero particular la
ejecución de los trabajos para la zona concreta que nos ocupa.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR