Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Coruña, de fecha 1 de junio de 2021 (Sala de lo contencioso administrativo 2. Ponente: Julio Cesar Díaz Casales)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas155-158
Recopilación mensual n. 117, noviembre 2021
155
Galicia
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 9 de noviembre de 2021
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Coruña, de fecha 1 de junio de
2021 (Sala de lo contencioso administrativo 2. Ponente: Julio Cesar Díaz Casales)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 4386/2021- ECLI:ES:TSJGAL:2021:4386
Palabras clave: Red Natura 2000. Lugar Interés Comunitario. Zona Especial
Conservación. Explotación porcina. Autorización.
Resumen:
En esta sentencia, el objeto del recurso es la desestimación del recurso de alzada
presentado contra el Acuerdo de 4 de octubre de 2017 dictada por la Dirección Xeral de
Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente, por la que se denegó
autorización para la implantación de una explotación porcina de cebo en Vilouriz (Toques).
La demanda se fundamenta en los motivos como la existencia de error de hecho derivado
de los datos que obran en el expediente; en segundo lugar, que en las zonas de especial
conservación y los lugares de interés comunitario, resultan autorizables las instalaciones
destinadas al apoyo de la ganadería extensiva e intensiva, siempre que no afecten a un
hábitat prioritario, no siendo prioritario el hábitat 4030 (Brezal seco europeo). Como tercer
argumento, como consecuencia de la denegación de la autorización, le ha ocasionado un
perjuicio con la pérdida de la subvención para la incorporación de un joven agricultor de
128.500 €.
Para la Administración demandada, la actora manifiesta más interés en la pérdida de la
subvención que en el otorgamiento de la autorización. Igualmente le interesa destacar que
la parcela en cuestión se ubica en el límite de una Zona de Especial Conservación con
consecuencias como la pérdida de conectividad ecológica, y afección por olores y ruidos.
También se opone a la indemnización pues debería ir ligada a un proyecto, y que, al no
haberse llevado a cabo, no cabe su admisión y que solo podría reclamar los costes del
proyecto, por todo lo cual, interesa la desestimación del recurso.
En relación a la explotación porcina, su denegación a ser autorizada y su inclusión en la
Zona de Especial Conservación. Se trataría de construir una nave de 697,92 m2, con un
anexo para oficina, aseo y vestuario de 24 m2, una fosa séptica de 273,77 m2, 2 silos para el
pienso de los animales y una explanada, todo ello en una parcela de 13.052 m2 de modo
que la explotación tendría una capacidad para 1.012 de cerdos.
Las pruebas periciales consistieron en declaración de dos ingenieros y una bióloga, los dos
primeros a instancia del recurrente y la última propuesta por la administración demandada.

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