Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Logroño, de fecha 24 de marzo de 2021 (Sala de lo contencioso administrativo nº1. Ponente: Mónica Matute Lozano)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas190-193
Recopilación mensual n. 113, junio 2021
190
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de junio de 2021
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Logroño, de fecha 24 de marzo de 2021
(Sala de lo contencioso administrativo nº1. Ponente: Mónica Matute Lozano)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ LR 86/2021 - ECLI:ES:TSJLR:2021:86
Palabras clave: Caza. Infracción. Tipicidad. Inhabilitación. Sanción.
Resumen:
En la sentencia que a continuación procedemos a analizar, el recurso se interpone por un
particular, en contra de la Resolución del Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica
del Gobierno de La Rioja, que desestima el Recurso de Alzada interpuesto contra la
Resolución de la Directora General de Biodiversidad por la que le fue impuesta una multa y
la pérdida e inhabilitación para obtener licencia de caza durante un periodo de un año, por
la comisión de dos infracciones en materia de caza.
Los motivos aludidos en la demanda son tanto la falta de tipificación de la infracción, así
como la graduación de la misma. También cuestiona la sanción de pérdida de la licencia de
caza.
Sobre la primera de las cuestiones, es decir, la tipicidad y calificación de la conducta e
infracción. Los hechos describen la conducta "Cazar sin autorización, portando arma cargada
en el interior de un vehículo"; y como lugar de la infracción: "Coto LO-10.1013. Camino La
Garena (Ocón)". Resultan infringidos artículos de la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de
La Rioja siguientes: artículo 82.17 y artículo 82.19.
En la denuncia formulada por la PATRULLA SEPRONA AUTOL (LA RIOJA) que da
lugar al inicio del expediente sancionador se dice: "…En un instante el vehículo se detuvo a
escasos sesenta metros de un corzo que se encontraba entre un barranco de encinas y un
trigal, que se abrió la puerta izquierda trasera del vehículo y escucho una detonación de arma
larga”.
"Que una vez recibió la llamada de su compañero, divisó al vehículo que provenía del camino
denominado la Garena-Ventas Blancas, que procedió a la identificación del vehículo y
ocupantes, observando que en el asiento posterior portaban tres escopetas y un rifle de caza
mayor el cual se encontraba enfundado en el interior del vehículo, procediendo a tomar datos
del arma que se adosan en este informe.”
La parte denunciada reconoció que se encontraba el día de autos en el lugar de los hechos y
también reconoció como cierto el hecho de que con el rifle de su titularidad, marca
Remington, calibre 30.06, realizó un disparo desde del vehículo Toyota Hilux, matrícula
XXXPCT.

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