Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 29 de noviembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pedro Luis Roas Martín)

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas97-98
www.actualidadjuridicaambiental.com
97
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de abril de 2020
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 29 de
noviembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pedro
Luis Roas Martín)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 19781/2019 - ECLI: ES: TSJAND: 2019:19781
Palabras clave: Legitimación activa; Acción pública; Justicia ambiental; Asociación de
defensa forestal; Convocatoria de ayudas
ResumEn:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Agrupación de
Defensa Forestal Sierra Morena de Jaén contra la resolución de la Secretaria General de
Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de fecha 16 de diciembre de 2014.
Esta resolución inadmitió a trámite el recurso de reposición interpuesto por la misma contra
la Resolución de fecha 10 de enero de 2.013 del Secretario General de Medio Ambiente y
Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente sobre concesión, denegación
y archivo de ayudas para la prevención y control de los incendios forestales; por carecer de
la condición de interesadas.
La recurrente alega que las Asociaciones de Defensa Forestal son entidades declaradas de
utilidad pública sin ánimo de lucro por lo que entrarían claramente dentro del ámbito de las
entidades legitimadas para el ejercicio de la acción pública en materia de medio ambiente,
según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan
los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en
materia de medio ambiente. Asimismo, enmarcándose las acciones subvencionables a las que
se refiere la presente controversia, en la “Mejora del medio ambiente y del medio rural”,
Medida 226 “Ayudas a la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas”, concluye que su articulación afecta al medio ambiente.
La Administración autonómica entiende que los criterios de legitimación fijados en la Ley
27/2006 se restringen a los supuestos de planes, programas y disposiciones de carácter
general, carácter que no tiene la disposición ahora impugnada.
De conformidad con el contenido de los artículos 16, 18 y 23 de la Ley 27/2006, de 18 de
julio, la Sala considera que no es posible extender el alcance y la significación de la acción
popular en materia medioambiental al concreto aspecto al que se refiere la controversia
objeto de este recurso, que no es otro que la denegación parcial de una concreta ayuda. En
definitiva, desestima el recurso planteado.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR