Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 20 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas71-74
www.actualidadjuridicaambiental.com
71
Castilla y León
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 14 de mayo de 2015
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 20 de
marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María
Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Auto de fecha 3 de noviembre de 2014. Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Soria
Fuente: STSJ CL 919/2015 - ECLI:ES:TSJCL:2015:919
Temas Clave: Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente”; Licencia de obras no
conforme a Derecho; Ejecución de sentencia; Demolición de la edificación; Proyecto
Regional "Parque Empresarial de Medio Ambiente"
Resumen:
Esta sentencia deviene del recurso de apelación interpuesto por la Junta de Castilla y León,
el Ayuntamiento de Garray (Soria) y la Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y
León frente al Auto de fecha 3 de noviembre de 2014 dictado por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Soria por el que se acuerda despachar ejecución contra el
Ayuntamiento de Garray y demás partes codemandadas, acordándose se proceda al
derribo y demolición del edificio institucional Ciudad del Medio Ambiente de Soria Cúpula
de la Energía, así como a la reposición de los terrenos a su estado primitivo. Puntualizamos
que el terreno donde se ubica la cúpula está urbanizado y ha sido parcialmente edificado.
Debemos recordar que este procedimiento judicial es una de las múltiples ramificaciones a
las que dio origen la aprobación del proyecto regional originario de la “Ciudad del Medio
Ambiente” por Ley 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del Proyecto Regional “Ciudad
del Medio Ambiente” (PRCMA), y que han sido comentados en esta misma publicación.
Con el objetivo de centrar la controversia, debemos partir del contenido del Auto apelado,
que a su vez arranca de la sentencia dictada por la propia Sala del TSJ de Burgos de 3 de
mayo de 2013, cuya ejecución se solicita por la Asociación Ecologista ASDEN. Esta
resolución judicial declaró no conforme a Derecho la licencia de obras concedida para el
edificio institucional Ciudad del Medio Ambiente de Soria Cúpula de la Energía, licencia
que a su vez había sido concedida por el propio Ayuntamiento de Garray. Dejada sin efecto
la licencia, ASDEN solicitó el cumplimiento de la sentencia firme en sus propios términos,
que fue acogida en el sentido de ordenar la demolición de lo construido.
En esta primera instancia, las entidades públicas alegaron en defensa de sus intereses que la
anulación de una licencia urbanística no conlleva automáticamente la demolición de las
obras por ella amparadas y que los proyectos de actuación urbanística no se habían visto
afectados por la Sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional y, por

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