Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares 411/2011, de veintiséis de mayo de 2011. (Sala de lo Contencioso, Sede Palma de Mallorca, Sección 1ª. Ponente D. Fernando Socias Fuster)

AutorAna Mª Barrena Medina
CargoPersonal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Páginas76-77

Page 76

Fuente: Roj: STSJ BAL 538/2011

Temas Clave: Autorizaciones Ambiental; Evaluación Ambiental; Red Natura

Resumen:

Se interpone recurso ante la desestimación presunta por la cual se deniega la autorización administrativa para la instalación de un centro de transformación de energía eléctrica y su línea de alimentación. Instalación proyectada que dada su ubicación dentro de una zona clasificada como ANEI por la Ley 1/1991, de 30 de enero, precisaba de la presentación de estudio de impacto ambiental de conformidad con el artículo 3 del Decret 4/1986, de 23 de enero; estudio que fue presentado a la Comisión Balear de Medio Ambiente, la cual emitirá informa desfavorable. Así, el solicitante de la autorización interpone el recurso basándose, en primer lugar, en que el informe desfavorable de la Comisión Balear de Medio Ambiente es considerado erróneo en tanto en cuanto, parte de la premisa de que el proyecto de instalación de suministro eléctrico lo es para dos viviendas cuando ya se aclaró este error material del proyecto y se precisó que sólo afectaba a una vivienda; que el Comité de Zarza Natura 2000 que supuestamente había informado de modo desfavorable lo era en referencia no al proyecto energético, sino a las obras de acondicionamiento de la vivienda y que las mismas ya han sido realizadas de conformidad con las licencias municipales; finalmente, que por aplicación del artículo 3.j) del Decreto autonómico 4/1986, de 23 de enero, modificado por el Decreto 85/2004, al haberse excedido la Comisión Balear de Medio Ambiente en el plazo de tres meses para la emisión del dictamen, debería haberse continuado en la tramitación como si el informe se hubiese emitido favorablemente.

Tras el examen de los motivos de denegación de la autorización para la instalación eléctrica, el Tribunal considera oportuno estimar el recurso, declarando disconforme con el ordenamiento jurídico el acto impugnado y, en consecuencia, anula dicho acto y reconoce el derecho del recurrente a la obtención de la autorización. Previamente declara que, en realidad, el objeto del recurso se centra en el informe de la Comisión Balear de Medio Ambiente. Informe que según el Tribunal no valora negativamente el proyecto desde el punto de vista medioambiental, no se valora negativamente el impacto ambiental de la línea eléctrica, ni de los armarios de distribución y contadores, ni la mecánica a seguir durante el curso de las obras o las medidas correctoras para la...

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