Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago de 8 de febrero de 2019: participación, consulta indígena y cambio climático

AutorPilar Moraga Sariego
CargoProfesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental
Páginas122-128
Recopilación mensual n. 89, Abril 2019
122
Chile
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 23 de abril de 2019
Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago de 8 de febrero de 2019: participación,
consulta indígena y cambio climático
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Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad
de Chile, Centro de Derecho Ambiental
Fuente: Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago, R-141-2017
Temas clave: Agua; Cambio climático; Minería; Participación; Consulta indígena
Resumen:
El 4 de enero de 2017, se interponen dos reclamaciones por parte de un particular y de la
Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca (AIASIQ), invocando el artículo 17
No 6 de la Ley N° 20.600 que Crea los Tribunales Ambientales, en contra de la Resolución
Exenta N° 1317, de 15 de noviembre de 2016, del Comité de Ministros, mediante la cual se
rechazó el recurso de reclamación presentado en contra de la Resolución de Calificación
Ambiental N° 69, de 1 de octubre de 2015, que aprobó el "Proyecto Continuidad
Operacional Cerro Colorado".
El proyecto ubicado en el norte del país, Pozo Almonte, Región de Tarapacá, ingresa al
sistema de evaluación de impacto ambiental vía “estudio”, en el que se declara como
objetivo la continuación de la operación del proyecto Minera Cerro Colorado hasta el año
2023, mineral sin modificar el proceso explotando sus reservas de y manteniendo el nivel
de producción actualmente autorizado.
Las observaciones presentadas por los terceros al proyecto decían relación con el
empeoramiento de la condición ambiental de la Laguna Huntija y del bofedal Lagunillas, la
vulneración de su derecho de propiedad, la incongruencia en la distancia informada de un
determinado acueducto con su distancia real, ocupación indebida de territorios ancestrales
de comunidades indígenas, la afectación de su agua y medio ambiente, deterioro drástico de
su calidad de vida, todo lo cual habría ocurrido sin su consentimiento y sin una
información adecuada conforme a los mecanismos que la legislación establece de
protección a los pueblos originarios nacional e internacional.
La sentencia aborda el tratamiento de la participación ciudadana (PAC) y consulta indígena
(PCI) en el marco de la evaluación de impacto ambiental de un proyecto minero y de paso
se refiere a la necesidad de considerar la influencia del cambio climático en este proceso.
Destacamos los siguientes extractos:
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Se agradece a los Centros Fondap N°1511019 y 1511009.

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