Sentencia del TEDH de 10 de mayo de 2022, demanda 47987/15

AutorMaría Pascual Núñez
CargoDoctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Páginas131-133
Recopilación mensual n. 124, Junio 2022
131
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH )
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 2 de junio de 2022
Sentencia del TEDH de 10 de mayo de 2022, demanda 47987/15
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de
Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Palabras clave: Derechos fundamentales. Derecho al respeto a la vida privada y familiar.
Contaminación de suelos. Contaminación de aguas.
Resumen:
En el supuesto de autos, un particular solicita que se reconozca la vulneración de su derecho
a la vida privada y familiar reconocido en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos
Humanos, por la contaminación producida en el cementerio sito al lado de su casa, que ha
afectado a su finca y al agua que consume. Como consecuencia, tanto el actor como su
cónyuge sufren insomnio, dolores de cabeza y angustia emocional, al presenciar los entierros
tan próximos a su casa. A ello se añade que, si bien en un principio las vistas al cementerio
estaban protegidas por árboles, estos fueron talados y ahora las ceremonias son visibles desde
el domicilio de esta parte. Asimismo, el cementerio se expandió a lo largo de los años en
dirección a la vivienda del afectado, contraviniendo la normativa rusa en materia de
salubridad. Indica que sus nietos no le visitan por miedo ya que, esencialmente, vive en un
cementerio.
Centrándonos en el fondo ambiental, tal y como confirman los informes técnicos facilitados
por esta parte, su propiedad se ha visto afectada por la contaminación dimanante de dicha
actividad, como reconoce la legislación nacional, hasta el punto de resultar peligrosa. Por
ello, el Tribunal reconoce la vulneración del derecho del artículo 8 de la Convención Europea
de Derechos Humanos y su derecho a una indemnización de 7.500€.
Destacamos los siguientes extractos:
“(…) 50. In the present case the applicant alleged that the State was directly responsible for
the ongoing unlawful use of the Lesnoye cemetery close to his home and for the resulting
environmental nuisance to which he was exposed. Having regard to its conclusion
concerning the applicability of Article 8 of the Convention (see paragraph 45 above) and
given the fact that it is not disputed that the acts or omissions of a municipal undertaking are
attributed to the State (see Yershova v. Russia, no. 1387/04, §§ 54-62, 8 April 2010), the
Court considers that the use of the cemetery by the municipal burial service has directly
interfered with the applicant’s rights under Article 8 of the Convention (see Dzemyuk, cited
above, § 90). It must therefore be determined whether that interference has been justified in
accordance with paragraph 2 of Article 8, that is to say whether it has been in accordance
with law, has pursued a legitimate aim and whether it has been necessary in a democratic
society.
51. As regards compliance with domestic law the Court notes the following. In 1995 the
Lesnoye cemetery was closed, under Decree no. 1206 of the head of the city administration,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR