Sentencia núm. 154/2016, de 29 de febrero, del pleno de la sala de lo penal del tribunal supremo. Ponente: Excmo. Sr. Magistrado D. José Manuel Maza Martín. Recurso de casación 10011/2015. Estimatoria parcial

AutorEnrique Agudo Fernández
Páginas249-301

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Ver Nota165

En nombre del Rey

La Sala Segunda de lo Penal, del Tribunal Supremo, constituida por los Excmos. Sres. mencionados al margen, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo español le otorgan, ha dictado la siguiente

Sentencia

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Febrero de dos mil dieciséis. Esta sala ha visto el recurso de casación nº 10011/2015-P, interpuesto por Avelino Javier, Remigio Gumersindo, Landelino Valeriano, Ignacio Valentín, TRANSPINELO SL, INVESTISSMENT TRANS SPAIN AFRICA y GEORMADRID MACHINERY SL, recurrentes representados por los Procuradores Sr. Checa Delgado, Sr. González Sánchez, Sr. Sanz Arroyo, Sra. Blanco Martínez y Sr. Sanz Arroyo, respectivamente, contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal (Sección 1ª), de fecha 17 de noviembre de 2014, que les condenó por delitos contra la salud pública, quebrantamiento de medida cautelar y falsificación en documento oficial.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Manuel Maza Martín.

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción número 6 instruyó Su-mario con el número 19/2011 y, una vez concluso, fue elevado a la Audiencia

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Nacional, Sala de lo Penal, Sección 1ª que, con fecha 17 de noviembre de 2014 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
1.- Durante los años 2.007 a 2.010, el procesado Avelino Javier había sido objeto de diversas investigaciones judicializadas relativas a la comisión de un delito contra la salud pública por tráfico de estupefacientes de sustancia que causaba grave perjuicio para la salud (cocaína).

En dicho contexto se tramitaban ante el Juzgado de Instrucción núm. 6 de Coslada, Diligencias Previas 1902/2010 por presunto delito de blanqueo de capitales provenientes de actividad ilícita relacionada con el tráfico de sustancias estupefacientes.

El Ministerio Fiscal, al no aceptar dicho Juzgado el trámite de diligencias por delito de tráfico de estupefacientes, judicializó en el año 2011 la investigación inherente al mismo ante los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional.

La actividad aquí denunciada, estaba dirigida por el procesado Avelino Javier, persona que a través de terceros, personas físicas y personas jurídicas llevaba a cabo la misma bajo su supervisión y toma de decisiones.

El procesado Remigio Gumersindo, alias Zurdo, estaba relacionado con el anterior por razones de parentesco (sobrino) y de dependencia, realizando labores en las empresas TRANSPINELO S.L. e ITSA utilizadas por Avelino Javier para su ilícito tráfico, supliendo como persona de confianza a su tío cuando este se ausentaba de España, disponiendo de efectivo y dando las órdenes oportunas para el trabajo.

Una de las personas jurídicas que ha sido objeto de enjuiciamiento, la entidad TRANSPINELO era dirigida por Avelino Javier, si bien al frente de la misma formalmente aparecía Remigio Gumersindo.

Otra empresa denominada ITSA asimismo era dirigida y financiada por Avelino Javier, si bien aparecía bajo la administración única de Eulalio Gumersindo, sobrino del procesado Ignacio Valentín y representada por Rodolfo Faustino.

Ambas entidades participan en la forma que se dirá en el envío de maquinas de obras públicas a Venezuela.

Por último la entidad GEORMADRID MACHINERY que aparece como destinataria de las mismas al ser devueltas a España en la forma que se dirá estaba administrada por Ignacio Valentín desde al menos2.009.

El procesado Landelino Valeriano, también estaba relacionado con la actividad ilícita de tráfico de estupefacientes desarrollada por Avelino Javier, a quien acompañaba en sus viajes al extranjero, auxiliándole en la logística de los viajes, desplazamientos y preparación de los envíos.

Por su parte el procesado Ignacio Valentín, alias Tirantes, participaba en la actividad ilícita de Avelino Javier, además de la relación antes citada, a

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través de su intervención en la entidad INVESTISSEMENT TRANS SPAIN AFRICA S.A. (ITSA).

Esta entidad estaba administrada formalmente por una persona no procesada Rodolfo Faustino, persona del entorno de amistad y relación del procesado Ignacio Valentín. Fue constituida en Mali, con la finalidad de propiciar formalmente la actividad de venta de maquinaria de obras publicas. No obstante lo anterior, dicha empresa estaba dirigido de hecho por Avelino Javier, persona que era quien tomaba las decisiones y aportaba el capital preciso para ello.

Estas entidades, en cuanto a las dos primeras realizaban actividades comerciales diversas, no así la tercera citada a la que no se le conoce actividad, y eran utilizadas por Avelino Javier para articular actividades de importación y exportación de maquinas en cuyo interior se encontró sustancia estupefaciente como en el presente caso, actividades por las que se han seguido procesos penales aparte en 2.006 y 2007.

Los procesados Ginés Artemio y Cándida Belinda componían el núcleo familiar directo del procesado Avelino Javier, siendo su hijo y su actual compañera sentimental, sin que tuvieran participación directa en las actividades de Avelino Javier.

En los primeros meses del año 2.011, Avelino Javier y las personas que formaban su organización, Remigio Gumersindo, Landelino Valeriano y Ignacio Valentín, comenzaron los trámites para el envío de máquinas a Venezuela, las que serían posteriormente reimportadas a España conteniendo droga en su interior.

Las maquinas, que figuraron a nombre de la entidad TRANSPINELO eran las siguientes: (…)

Con la finalidad de llevar a cabo tal operación, Avelino Javier viajó a Venezuela los días 7 y 8 de Febrero de 2.011 vía Frankfurt- Caracas, país al que posteriormente acude Landelino Valeriano, en 21.03.2011 para reunirse con él y proceder a la formalización de la llegada de la maquinaria y preparar la introducción de la droga en su interior para ser reimportada a España.

Ambos permanecieron en Venezuela hasta su vuelta a España, realizada, por Landelino Valeriano los días 8 y 9 de Mayo de 2.011, y Avelino Javier el día 3 de Junio de 2011 a las 15.30 llegando al Aeropuerto del Prat (Barcelona) en vuelo Caracas-Frankfurt-Barcelona.

Landelino Valeriano adelantó su viaje por haber sufrido Cándida Belinda un intento de robo, posponiendo su vuelta Avelino Javier en varias ocasiones hasta efectuarla el día citado.

Tanto Landelino Valeriano como Avelino Javier tenían prohibida la salida del territorio nacional, sin otra autorización en el caso de Landelino Valeriano, que la de realizar viajes concretos a Bélgica, pero nunca a Venezuela.

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El procesado Landelino Valeriano tenía prohibida la salida del territorio nacional, únicamente se le otorgó permisos de salida en marzo y mayo de 2011, para que pudiera acudir por motivos laborales a Holanda y Alemania y sin embargo se desplazo a Venezuela.

La organización citada que había proyectado el envío de las maquinas citadas a Venezuela, para allí cargarlas de cocaína en su interior y reenviar a España con la sustancia estupefaciente en las mismas, durante el mes de febrero de 2.011, los procesados Remigio Gumersindo y Ignacio Valentín concertaron con la empresa CRISMAR, dedicada al tránsito marítimo, el transporte de las citadas cuatro máquinas de España a Venezuela.

A tal fin con fecha 17 de Febrero de 2.011 se emiten las facturas NUM000, NUM001, NUM002 y NUM003 en las que figura como exporta-dora la entidad ITSA, apoderada por Ignacio Valentín, simulando la venta de las máquinas citadas a la entidad MULTISERVICIOS Y MAQUINARÍA OP, con dirección Avda. Guayana Galpón núm. 49 de Guaiparo en San Félix 8051, Venezuela, y cuya presidenta era Francisca Reyes. Ahora bien, las máquinas aparecerían después como propiedad de la empresa EQUIPOS Y MAQUINARIAS PESADAS CA (EQUIPE CA) al emitir dicha empresa una factura de venta ficticia a la mercantil JOYMACA.

Como quiera que la entidad ITSA, tenía la sede en la República de Malí, no era factible que pudiera aparecer como exportadora desde España, siendo necesaria la intervención como tal de una entidad con CIF y sede en España. Para poder llevar a cabo la operación el procesado Remigio Gumersindo aportó los datos correspondientes a la entidad TRANSPINELO, y procedió al cambio de las facturas antes citadas en las que figuraba como exportadora la entidad ITSA por otras cuatro facturas NUM004, NUM005, NUM006 y NUM007, en las que aparecía como exportadora TRANSPINELO. No obstante los documentos “bill of lading” siguen apareciendo extendidos a nombre de ITSA.

Otro problema que surge con la exportación, consistió en que la exportación temporal que se pretendía de las máquinas no pudo llevarse a cabo, por lo que se modificó la forma de destino, por el de exportación normal o definitiva, lo que finalmente llevo a la conclusión de la operación exportadora ante Aduanas de España en 3 de Marzo de 2011.

Dichas máquinas habían sido transportadas hasta el Puerto de salida en la ciudad de Santander por encargo de TRANSPINELO desde Mejorada del Campo al referido puerto los días 21 y 22 de febrero de 2011 para su posterior embarque.

El día 5 de marzo las máquinas embarcaron en el Puerto de Santander en el buque “Moming Celine”, con origen en Santander y destino Puerto

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Cabello (Manzanillo), Venezuela (Bill of Landing ES 1084566 de esa fecha, aportado por la agencia marítima EGVE).

Una vez llegadas las máquinas a Venezuela, recogidas por su destinataria MULTISERVICIOS Y MAQUINARIA.OP, de la que era responsable la súbdita venezolana Francisca Reyes fueron bajadas del barco citado y salieron de la zona primaria del puerto el día27.04.2011, una vez en tierra, se transportaron a una nave-almacén denominado galpón señalado...

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