Sentencia de nulidad de segregación sin intervención del titular registral

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: No puede acceder al Registro la Sentencia firme que anula un acto inscrito, sin que el titular del asiento que vaya a ser cancelado haya sido citado en el procedimiento.

Se debate en este recurso la inscripción de una sentencia judicial firme de Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso-Administrativo, en la que se confirma la resolución del Coordinador Provincial que declara nula la segregación de una parcela.

La registradora acuerda suspender la inscripción por no intervenir en el procedimiento judicial el titular registral de la finca afectada.

La Dirección confirma el defecto: Como ha señalado la R. de 15 de junio de 2012, es doctrina reiterada que el registrador puede y debe calificar si se ha cumplido la exigencia de tracto aun cuando se trate de documentos judiciales, ya que precisamente el art. 100 RH permite al registrador calificar del documento judicial los obstáculos que surjan del Registro, y entre ellos se encuentra la imposibilidad de practicar un asiento registral si no ha sido parte o ha sido oído el titular registral en el correspondiente procedimiento judicial. De acuerdo con el principio de tracto sucesivo los asientos no pueden ser cancelados por no haber sido parte sus titulares en el procedimiento judicial tramitado ni hallarse afectados los mismos por anotaciones de demanda. No obstante hay que tener en cuenta la reciente doctrina jurisprudencial que ha matizado este principio (R. de 1 de marzo de 2013 ) según la cual en defecto de...

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