Sentencia Corte Suprema de justicia de la Nación Argentina, del 28/ 05/ 2019, Recurso de hecho deducido por el Defensor Público Oficial de Niños, Niñas y Adolescentes en la causa Acumar, Asentamiento Lamadrid (bajo Autopista Pedro de Mendoza)

AutorJuan Claudio Morel
CargoProfesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil, Argentina)
Páginas169-170
Recopilación mensual n. 101, mayo 2020
169
Iberoamérica
Argentina
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de mayo de 2020
Sentencia Corte Suprema de justicia de la Nación Argentina, del 28/ 05/ 2019,
Recurso de hecho deducido por el Defensor Público Oficial de Niños, Niñas y
Adolescentes en la causa Acumar, Asentamiento Lamadrid (bajo Autopista Pedro de
Mendoza)
Autor: Juan Claudio Morel. Profesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad
Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil, Argentina)
Fuente: Corte Suprema de justicia de la Nación Argentina, FSM
52000001/2013/14/2/RH2
Palabras clave: ACUMAR. Propiedad. Vivienda. Asentamiento. Emergencia urbanística y
ambiental. Causa Mendoza. Contaminación ambiental.
Resumen:
Que el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de Morón, rechazó la solicitud
realizada por el titular de la Defensoría Federal n° 2 ante los juzgados federales en lo criminal
y correccional de la ciudad de Buenos Aires, con el objeto de que se aplique la ley local 2240
de esa Ciudad Autónoma, al proceso de relocalización del asentamiento Lamadrid, por estar
ubicado el barrio dentro de una zona declarada por la mencionada norma "en emergencia
urbanística y ambiental" (Considerando 1) Contra esa decisión, la Defensoría interpuso
recurso extraordinario federal, cuya denegación dio origen a la presente queja porque
entiende que la sentencia apelada es arbitraria por carecer de fundamentación y prescindir de
la ley aplicable al caso. La Corte Federal hizo lugar a la queja y revocó la sentencia del Juzgado
Federal de Morón.
Es importante destacar que La Ley 2240 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BOCBA
Nº 2622 08/02/2007) declaró la Emergencia Urbanística y Ambiental, en lo que hace a la
vivienda, servicios, equipamiento, espacios verdes y de actividades productivas, al polígono
delimitado por las Av. Regimiento de Patricios, Av. Martín García, Av. Paseo Colón, Av.
Brasil y Av. Pedro de Mendoza.
Comentario:
El Defensor que recurre la sentencia alega en su Recurso Extraordinario que los motivos por
los que el Juzgado Federal omitió la aplicación al caso de la ley local 2240 no es de suficiente
fundamentación, por resultar …” afirmaciones meramente dogmáticas, fundadas en la sola voluntad
del juzgador aquellas según las cuales: a) la causa debe regirse por el "convenio marco" firmado en 2010; b)
"ello no implica que la solución habitacional signifique el desarraigo sino una mejora en la calidad de vida
del sujeto"; y c) resultan "válidas las opciones brindadas por la jurisdicción, al menos hasta el momento", sin
que exista un análisis previo que permita determinar si las pautas que surgen del Acuerdo
Marco suscripto en el año 2010 entre el Gobierno de la Ciudad de buenos Aires, el Estado

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