Sentencia de la Audiencia Provincial de 30 de diciembre de 2019 (Audiencia Provincial de Pamplona. Sección 1ª. Ponente: María Esther Erice Martínez)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas161-169
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Audiencia Provinciales
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 29 de abril de 2020
Sentencia de la Audiencia Provincial de 30 de diciembre de 2019 (Audiencia
Provincial de Pamplona. Sección 1ª. Ponente: María Esther Erice Martínez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAP NA 1088/2019 - ECLI: ES: APNA: 2019:1088
Palabras clave: Delito ecológico; Fauna silvestre; Envenenamiento; Venenos; Especies
amenazadas
ResumEn:
El uso de cebos envenenados ha sido una de las principales causas de mortalidad de especies
de fauna en nuestro país. Consideramos de especial interés el comentario de esta sentencia
pues la sentencia obtenida en la primera instancia ha sido la primera existente en España que
ha llevado consigo la condena de privación de libertad (2 años y 8 meses de prisión), la cual
fue conmutada por el pago de sendas multas, en la sentencia ahora comentada.
Los hechos acontecieron en la primavera de 2012 cuando en los cotos de Montes de Cierzo
y Monte Alto de Tudela aparecieron un total de 117 aves rapaces y cuatro cuervos muertos
por veneno. Fueron los agentes ambientales los que localizaron y recogieron los cadáveres.
El resultado fue de 108 milanos negros, cuatro milanos reales, dos buitres leonados, un
alimoche, un aguilucho lagunero y un busardo ratonero y todas ellas están incluidas en el
Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres
en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Las sustancias empleadas en el envenenamiento fueron fentión y demetón-S-metil,
prohibidas en España desde hace años, salvo un milano que murió a causa de un insecto. Se
trata de venenos de acción neurotóxica muy rápida, que provocan la muerte en un lapso de
10 a 30 minutos, y de degradación igualmente rápida. Dichas sustancias fueron colocadas en
acciones repetidas durante al menos los meses de abril, mayo y junio, principalmente en el
dormidero de milanos sito en el pinar del Culebrete, en el coto Montes de Cierzo.
El número de aves encontradas muertas, sobre todo en el caso de los milanos negros, supone
una repercusión ambiental muy considerable en la población del sur de Navarra, teniendo en
cuenta que probablemente murieron más ejemplares de los localizados, al existir numerosos
factores que dificultan el hallazgo de cadáveres, como la cobertura vegetal que puede
ocultarlos, la rápida detección y consumo por animales carroñeros y la dispersión a zonas
lejanas antes de la muerte. Las fechas en las que sucedieron los envenenamientos coincidían
con el periodo de reproducción del milano negro y del alimoche.
La sentencia ahora comentada tiene como origen en la que se dictó con fecha 30 de abril de
2019 por el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Pamplona/Iruña en el procedimiento sentencia cuyo
fallo se resume a continuación:

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