Sentencia de 19 de diciembre de 2012, asunto C-279/11, Comisión Europea/Irlanda

AutorJ. José Pernas García
CargoProfesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Páginas31-34

Page 31

Fuente: http://curia.europa.eu

Palabras clave: incumplimiento de Derecho comunitario; Directiva 85/337; evaluación de impacto ambiental; inejecución de sentencia del TJUE; multa coercitiva; crisis económica

Resumen:

La Comisión Europea pretende que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE al no haber adoptado las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia de 20 de noviembre de 2008, Comisión/Irlanda (C-66/06), y que se ordene pagar la cantidad de 4.174,8 euros multiplicada por el número de días que transcurran entre la fecha de la sentencia y su ejecución de dicha sentencia por parte de Irlanda o bien la fecha en que se dicte sentencia en el presente recurso, según lo que antes ocurra. Asimismo, la Comisión pide que se condene a Irlanda pagar a la Comisión una multa coercitiva de 33.080,32 euros desde el día en que se dicte sentencia en el presente recurso hasta la fecha en que Irlanda ejecute la sentencia recaída en el asunto C-66/06.

La sentencia citada de 20 de noviembre de 2008 declaraba que Irlanda no había adoptado todas las medidas para la adecuada transposición de los artículos 2, apartado 1, y 4, apartados 2 a 4, de la Directiva 85/337/CEE del Consejo. A juicio de la Comisión, Irlanda seguía sin haber adoptado las medidas necesarias para la ejecución de dicha sentencia. Por tanto, la Comisión propone que se imponga a Irlanda el pago de una multa y de una multa coercitiva que reflejen la grave naturaleza de la infracción y sus repercusiones en la consecución de los objetivos perseguidos por el legislador comunitario.

El TJUE estima el recurso de la Comisión y condena a Irlanda a pagar a la Comisión una cantidad de 1.500.000 euros.

Destacamos los siguientes extractos:

Destacamos a continuación los siguientes extractos de la sentencia (en inglés ya que aún no se dispone de la versión es Español):

68 In the present case, it is clear that the Irish authorities adopted the regulations necessary for compliance with the judgment in Case C-66/06 Commission v Ireland almost three years after the delivery of that judgment.

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69 Next, it is true that, for the legitimate purpose of ensuring that the specific measures envisaged for compliance with that judgment would in fact meet the requirements of the judgment, the Irish authorities devised those measures in consultation with the Commission. The fact nevertheless remains that...

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