Selección irrazonable y arbitraria de una norma en proceso de seguridad social sobre eventual discriminación entre mujeres y hombres, que vulnera la tutela judicial efectiva, al negar la primacía del derecho comunitario. Comentario a la stc 152/2021 de 13 de septiembre (rec. amparo 1047/2020)

AutorFermín Gallego Moya
CargoAbogado. Profesor Asociado (acred. Contratado Doctor). Universidad de Murcia
Páginas217-224
Revista de Derecho Laboral vLex
200 #4 · diciembre 2021
“SELECCIÓn IRRAzOnAbLE y ARbITRARIA DE UnA nORMA” En pROCESO DE SE-
gURIDAD SOCIAL SObRE EVEnTUAL DISCRIMInACIÓn EnTRE MUJERES y HOM-
bRES, QUE VULnERA LA TUTELA JUDICIAL EfECTIVA, AL nEgAR LA pRIMACíA
DEL DERECHO COMUnITARIO. COMEnTARIO A LA STC 152/2021 DE 13 DE SEp-
TIEMbRE (REC. AMpARO 1047/2020)
“Unreasonable and arbitrary selection of a rule” in social security proceedings
on possible discrimination between women and men, which violates effective
judicial protection. Commentary on csl 152/2021 of 13 september (rec. Amparo
1047/2020)
Autor: Fermín Gallego Moya
Cargo: Abogado. Profesor Asociado (acred. Contratado Doctor). Universidad de Murcia
Resumen: La Sentencia núm. 152/2021 del Tribunal Constitucional es una buena muestra de la
percepción aún lejana que del Derecho comunitario siguen teniendo alguno de sus aplicadores
principales. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia es duramente corregido por la
reiteración en un pronunciamiento desconocedor de la primacía de aquel ordenamiento. Lo rele-
vante en este caso no es la cuestión de fondo (el derecho de un varón al complemento de “ma-
ternidad” establecido por el art. 60 LGSS/2015) sino la “forma” en la que el órgano de suplicación
decide resolver la cuestión que se le plantea, ya que, conociendo la existencia de pronunciamien-
tos del TJUE que, interpretando la normativa comunitaria (art. 4.1. y 4.2 de la Directiva 79/7 CEE)
permitían apreciar la discriminación denunciada por el recurrente, y habiéndose introducido ta-
les elementos como objeto de debate (incluida la STJUE 12 diciembre 2019 que resolvía asunto
idéntico), no fueron tomados en consideración, suponiendo ese desconocimiento y preterición de
una norma del Derecho de la Unión, tal y como ha sido interpretada por aquel Tribunal de Justicia,
una auténtica infracción del “principio de primacía del Derecho de la Unión”, incurriendo con ello la
Sala en una interpretación irrazonable y arbitraria de la norma aplicada al proceso que vulneró el
derecho a la tutela judicial efectiva.
Palabras clave: Complemento de maternidad, primacía del Derecho de la Unión, tutela judicial
efectiva.
Abstract: Ruling No. 152/2021 of the Constitutional Court is a good example of the still distant
perception that some of its main applicators still have of Community law. In this case, the High
Court of Justice of Murcia is severely corrected for the repetition of a declaration that does not re-
cognise the primacy of that legal system. What is relevant in this case is not the substantive issue
(the right of a man to the “maternity” allowance established by art. 60 LGSS/2015) but the “man-
ner” in which the appeal court decides to resolve the question put forward, since, being aware of
the existence of rulings of the CJEU which, interpreting the Community legislation (Articles 4(1)
and 4(2) of Directive 79/7 EEC), they made it possible to assess the discrimination alleged by
the appellant, having introduced such elements as an object of debate (including the CJEU on 12
December 2019, which ruled on an identical case), they were not taken into consideration, this
disregard and preterition of a rule of EU law, as interpreted by that Court of Justice, constituting a

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