Seguros

Páginas291-319
SEGUROS
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Revista de Derecho del Transporte
núm. 20 (2017): 291-319
SEGUROS
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SUMARIO: A. LEGISLACIÓN: I. Europea. II. Estatal. III. Autonómica.—B. JURISPRUDENCIA: I. Reseñas de Ju-
risprudencia: 1. Seguros marítimos. 2. Seguros terrestres: a) Seguro de transporte terrestre de mercancías:
a’) Riesgo e interés asegurado. b’) Obligaciones de las partes. Interpretación. c’) Determinación de la indemniza-
ción. d’) Legitimación activa. Repetición del asegurador. e’) Legitimación pasiva. Responsabilidad del porteador.
f’) Prescripción de la acción. Extinción del contrato. b) Seguro de responsabilidad civil del porteador. c) Seguro
de transporte terrestre de viajeros. 3. Seguros aéreos.—C. RECENSIONES Y BIBLIOGRAFÍA: I. Bibliografía.
CONTENT: A. LEGISLATION: I. European Union legislation. II. State legislation. III. Regional legislation.—B. COURT
DECISIONS: I. Reviews of court decisions: 1. Marine insurance. 2. Land (non-marine) insurance: a) Goods land
transport insurance Land transport of goods insurance: a’) Risk and insured interest. b’) Obligations of the par-
ties. Interpretation. c’) Determination of the compensation. d’) Locus standi. Subrogation of the insurer. e’) Stand-
ing to be sued. Liability of the carrier. f’) Limitation period of the action. Termination of the contract. b) Civil liability
insurance of the carrier. c) Land passengers transport insurance. 3. Air insurance.—D. BOOK REVIEWS AND
BIBLIOGRAPHY: I. Bibliography.
A. LEGISLACIÓN
I. EUROPEA
Reglamento de ejecución (UE) 2017/1469, de la Comisión, de 11 de agosto, por
el que se establece un formato de presentación normalizado para el documento de
información sobre productos de seguro (
DOUE
L 209, de 12 de agosto de 2017).
La Directiva (UE) 2016/97 de distribución de seguros exige que los productores
de productos de seguro distintos del seguro de vida enumerados en el Anexo I de la
Directiva 2009/138/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, elaboren un docu-
mento normalizado de información sobre el producto de seguro en el que se facilite
a los clientes la información necesaria acerca de dichos productos, a f‌in de que el
cliente pueda tomar una decisión con conocimiento de causa.
El art. 20, apartado 8, de la Directiva (UE) 2016/97 especif‌ica la información
que debe contener el documento de información sobre el producto de seguro.
El documento de información sobre el producto de seguro indicará de forma
destacada la información precontractual o contractual completa que se facilita al
cliente en otros documentos. Dicha indicación se situará inmediatamente debajo del
nombre del productor del producto de seguro distinto del seguro de vida.
* Coordina esta Sección: Pablo GIRGADO PERANDONES (P. G. P., Universitat Rovira i Virgili).
Colaboran en esta Sección: Félix BENITO OSMA (F. B. O., Universidad Carlos III, Seaida), Javier DEL
CORTE (J. D. C., J&A Garrigues SLP), María Rosa ISERN SALVAT (M. R. I. S., Universitat Rovira i Virgili),
Enrique NAVARRO CONTRERAS (E. N. C., Universidad Rey Juan Carlos, Clyde & Co), Rocío QUINTÁNS
EIRAS (R. Q. E., Universidade da Coruña), Milagros SANZ PARRILLA (M. S. P., Herbert Smith Freehills), y
Francisco Javier TORRES PÉREZ (F. J. T. P., Universidade de Vigo).
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Se redactará en un lenguaje sencillo que facilite al cliente la comprensión del
contenido de dicho documento y se centrará en la información esencial que el cliente
necesita para tomar una decisión con conocimiento de causa. Por último, menciona
otros aspectos que ha de contener dicho documento en cuanto a:
La presentación, longitud y tamaño: dos páginas de una hoja de tamaño A4.
Los títulos y subtítulos en secciones que se articulan en base a las preguntas
siguientes: ¿en qué consiste este tipo de seguro?, ¿qué se asegura?, ¿qué no está
asegurado?, ¿existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, ¿dónde estoy
cubierto?, ¿cuáles son mis obligaciones?, ¿cuándo y cómo tengo que efectuar los
pagos?, ¿cuándo comienza y f‌inaliza la cobertura?, y ¿cómo puedo rescindir el con-
trato?
El uso de iconos representativos del contenido del título.
Dicho Reglamento de ejecución desplegará ef‌icacia jurídica desde la entrada en
vigor de la ley por la que se transponga al ordenamiento jurídico nacional la Di-
rectiva (UE) 2016/97 de Distribución de seguros, al ser esta norma la que impone
la obligación de elaborar un documento normalizado de información sobre el pro-
ducto de seguro en el que se facilite a los clientes la correspondiente información
(Contestación del SDGSFP a la consulta formulada, 13 de septiembre de 2017)
(F. B. O.).
II. ESTATAL
Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de instalaciones de protección contra incendios (
BOE
núm. 139, de 12 de junio
2017).
Constituye el objeto de este Reglamento la determinación de las condiciones y los
requisitos exigibles al diseño, instalación, aplicación, mantenimiento e inspección de
los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección
activa contra incendios. Constituye el ámbito subjetivo de este Reglamento tanto las
empresas instaladoras como las empresas mantenedoras de instalaciones de protec-
ción contra incendios.
Las empresas instaladoras y mantenedoras de instalaciones de protección contra
incendios deben, para el ejercicio de su actividad, suscribir un seguro de responsa-
bilidad civil, avales u otras garantías f‌inancieras otorgadas por una entidad debida-
mente autorizada, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños
materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 800.000 euros, sin
que dicha cuantía limite dicha responsabilidad (F. B. O.).
III. AUTONÓMICA
Ley 6/2017, de 31 de julio, de modif‌icación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del
turismo de las Illes Balears, relativa a la comercialización de estancias turísticas en
viviendas (
BOE
núm. 223, de 15 de septiembre de 2017).

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