SAP Jaén 15/2003, 14 de Enero de 2003

PonenteJOSE REQUENA PAREDES
ECLIES:APJ:2003:54
Número de Recurso400/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución15/2003
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 15

Iltmos. Sres.:

Presidenta

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

Magistrados

D. JOSE REQUENA PAREDES

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

En la ciudad de Jaén, a catorce de Enero de dos mil tres.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el núm. 155/02, por el Juzgado de Primera Instancia nº tres de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 400/02, a instancia de Cía ROYAL & SUN ALLIANCE S.A., representada en la instancia por la Procuradora Sra. Luque Luque y defendida por el Letrado Sr. Aponte Herrera contra D. Juan Ignacio , representado en la instancia por la Procuradora Sra. León Obejo y defendido por la Letrada Sra. Torres Alfaro.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº tres de Jaén con fecha treinta de Septiembre de dos mil dos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda formulada por la compañía de seguros ROYAL & SUNALLIANCE S.A., debo condenar y condeno a D. Juan Ignacio , a que pague a la actora la cantidad reclamada de SEIS MIL OCHENTA Y UNO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (6.081,75 euros), mas intereses legales desde el 7 de marzo de 2002, y hasta el completo pago, imponiendo las costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se tuvo por preparado primero y se interpuso después por el demandado, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº tres de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la Sentencia por otra que declare la prescripción de la acción y subsidiariamente la desestimación de la demanda.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito de oposición por la actora; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE REQUENA PAREDES.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada en lo que no se opongan a lo que a continuación se expresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada desestimó la excepción de prescripción opuesta a la acción de repetición deducida por la aseguradora demandante, que cubría por póliza de seguro obligatorio y voluntario la cobertura de responsabilidad del vehículo del demandado y, acogiendo la misma, condenó a éste a reembolsar a la actora la indemnización ya satisfecha por aquella en resarcimiento de los daños personales y materiales sufridos por distintos perjudicados en el accidente de circulación del que la Sentencia firme del Juzgado de lo Penal, previa a la demanda, declaró responsable al demandado y causados por su estado de relevante embriaguez. Ambos pronunciamientos los combate el demandado desde motivos que ya hizo valer en la instancia y que en lo referido al fondo del asunto deben prosperar, adelántese ya, con rechazo total de la demanda.

El anuncio que antecede resta transcendencia a la cuestión relativa a la prescripción, debiendo mantenerse la temporaneidad de su ejercicio al no acreditar la excepcionante, sobre...

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