El seguro y los litigios sobre derechos derivados de patentes en Europa

AutorElena F. Pérez Carrillo
Páginas1291-1300

Page 1291

I Introducción

La Unión Europea se fijó en el Consejo de Lisboa del año 2000 el objetivo de llegar a ser la economía más competitiva del mundo basada en el conocimiento, el llamado objetivo Lisboa 2010. Para conseguirlo se están desarrollando numerosas iniciativas, muchas de las cuales se relacionan económicamente con el pleno desarrollo del mercado interior, lo que en el ámbito jurídico afecta de lleno al Derecho mercantil. Uno de los aspectos en los que se está trabajando es el de la configuración de un Espacio Europeo donde el reconocimiento de la Propiedad Industrial esté plena, homogénea y eficazmente protegida. Con tales fines se reformará la estructura y composición del Tribunal de Justicia, se trabaja para la formulación legal de una Patente Europea en el seno de la Comunidad Europea y del Espacio Económico Europeo, y además se están estudiando sistemas para incrementar la eficacia de la protección que ofrece la Patente. El seguro que garantice frente a determinados riesgos derivados de la infracción de Patentes se encuentra entre los mecanismos de refuerzo de la eficacia de la Propiedad Industrial en los que la Comisión Europea está realizando estudios prelegislativos, y seguramente entre los menos conocidos.

La Comisión Europea encargó un informe a CJA Consultante Ltd., Consejeros sobre Política Europea en Gran Bretaña y Bruselas, texto que vio la luz en mayo de 2003, y que se sustenta en encuestas realizadas tanto en el sector asegurador como entre la industria y los profesionalesPage 1292(fundamentalmente abogados) expertos en Patentes, así como en el análisis empírico y comparado de las experiencias sobre este tipo de seguro que ya existen o han existido en diversos ordenamientos. Éste informe, titulado Assurance-titige en matiére de Brevets, Rapport Final, 2003, tiene como objetivo averiguar si resultaría económica y técnicamente viable y políticamente deseable propugnar la implantación de seguros de Patentes en Europa, y de hacerlo a través de la aprobación de normativa comunitaria en un sector en el que ninguno de los ordenamientos analizados cuenta con este tipo de legislación específica.

El seguro de Patentes constituye una modalidad aseguradora relativamente novedosa, pero no desconocida. En Francia, entre 1986 y 1994 se comercializó una póliza de seguro para promover la innovación que se conoció como Brevetassur, un contrato estándar en cuya elaboración participaron tanto el sector público como el sector privado, el industrial y el asegurador. Debía adquirirse dentro de un plazo de seis meses a partir de la solicitud de la Patente y ofrecía cobertura frente a la infracción de derechos derivados de las Patentes y solicitudes en Francia. En el Reino Unido, Lloyds ha desarrollado con relativo éxito un seguro de Patentes conocido como modelo Sentinel que opera «en dos fases». En la primera, un Comité de expertos independientes realiza una evaluación, tanto de la infracción alegada por el asegurado como de la Patente propiamente dicha y los derechos que genera. El asegurador se hace cargo de estos gastos previos como contrapartida a la prima satisfecha con anterioridad. En la segunda fase, a la que se llega sólo si el informe previo así lo recomienda, el asegurador abona en nombre del titular de la Patente los costes derivados de la reclamación frente al infractor. En este caso, y si la evaluación previa así lo ha recomendado, Sentinel satisface los gastos jurídicos para interponer la acción de infracción, a cambio de un porcentaje de la suma que se obtenga del infractor. En los EEUU no existe una vasta experiencia en seguros de Patentes. Algunas compañías aseguradoras, como AIG, Chubb o Lexinton National, ofrecen seguros de defensa frente a posibles infracciones no sólo de Propiedad Industrial, sino también Intelectual. Sólo algunas aseguradoras muy especializadas (CJA Consultants Ltd. menciona a Intellectual Property Insurance Services Corporation y Litigation Risk Management Corp) ofrecen cobertura específica para perseguir infracciones sobre una Patente de la que sea titular o licenciatario el asegurado. En Alemania Allianz y Gerling ofrecen seguros de Patentes con un ámbito de cobertura de riesgo limitado a las Patentes reconocidas en Alemania.

Pese a estas experiencias previas, subsisten problemas para la implantación de este tipo de seguros, y más si lo que se pretende es encontrar una fórmula única para todo el Espacio Económico Europeo. Desde el punto de vista técnico, las encuestas han puesto de manifiesto el interés de los aseguradores por contar con mejores estadísticas en el sector, con datos relativos al porcentaje de Patentes repartidas entre multinacionales, grandes compañías nacionales y pequeñas y medianas empresas, respecto de los que no hay certeza sobre el grado de disponibilidad por partePage 1293de las Oficinas Nacionales de Patentes. Desde el punto de vista económico parece que la generalización del producto requeriría que fuese posible ofrecerlo a unos costes aceptables, lo cual es todavía imposible, pues los seguros analizados tienen en su mayoría unos altos costes administrativos. Desde el punto de vista jurídico-político, por un lado, es necesario tener en cuenta los diversos regímenes de protección nacional que subsisten en Europa, y además, la generalización de los seguros de Patentes, incluso si se trata de seguros de gastos jurídicos, podría incrementar el número de litigios en el sector. Este dato puede, no obstante, tener una lectura favorable en tanto que podría repercutir en la efectividad del propio sistema de Patente, especialmente cuando sus titulares son particulares o pequeñas y medianas empresas, ya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR