Orden AAA/705/2014, de 28 de abril, por la que se crean los Comités de Seguimiento de las estrategias marinas y se regula su composición, funciones y régimen de funcionamiento.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Mayo de 2014
MarginalBOE-A-2014-4665
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina), introduce la obligación de lograr un buen estado ambiental de las aguas marinas europeas mediante la elaboración de estrategias marinas. Dichas estrategias se crean con un doble objetivo: por un lado, pretenden proteger, preservar y recuperar los ecosistemas marinos presentes en los mares europeos, y por otro, prevenir y reducir los vertidos al medio marino.

La Directiva 2008/56/CE ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. Esta ley establece la división del litoral español en dos regiones marinas, a saber, Región del Atlántico Nororiental y Región del Mar Mediterráneo. A su vez, el artículo 6.2 de dicha Ley procede a subdividir estas regiones en cinco demarcaciones marinas con el objeto de facilitar la aplicación de la propia ley. Las demarcaciones marinas previstas son las siguientes: demarcación marina noratlántica, demarcación marina sudatlántica, demarcación marina del Estrecho y Alborán, demarcación marina levantino-balear y demarcación marina canaria.

La Ley de protección del medio marino, introduce en el ordenamiento jurídico español la Directiva 2008/56/CE, previendo así en su artículo 7 la realización de estrategias marinas como instrumentos de planificación para cada una de las demarcaciones marinas citadas anteriormente. Al mismo tiempo, el artículo 22 de la Ley de protección del medio marino, anuncia la creación de dos órganos de coordinación y cooperación que derivan de la necesidad de tener en cuenta las estrategias marinas como instrumento de planificación tanto en las políticas sectoriales como en la coordinación administrativa. Estos órganos son la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas, creada por el Real Decreto 715/2012, de 20 de abril, y los Comités de Seguimiento, que tal y como establece el artículo 22.3 de la Ley, son los órganos previstos para la coordinación de las Administraciones estatal y autonómica en el seguimiento de la aplicación de las estrategias marinas.

En virtud del artículo 5.1.a) del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar presenta, entre sus funciones, la coordinación con Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos públicos de las actuaciones o proyectos que contribuyan a la mejora de la sostenibilidad de la costa y del mar. Así, en virtud de tales competencias y según el artículo 5.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, esta Orden Ministerial procede a crear los Comités de Seguimiento de las estrategias marinas, previstos en la Ley de protección del medio marino.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Articulo 1 Objeto.
  1. Es objeto de esta orden ministerial la creación de los Comités de Seguimiento de las Estrategias Marinas...

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