Decreto 35/2010, de 6 de mayo, por el que se crea, por segregación, el Colegio Oficial de Biólogos del Principado de Asturias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Publicas y Portavoz del Gobierno
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

La Constitución Española, en su artículo 149.1.18, reserva al Estado la competencia sobre “las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas”; a su vez, el artículo 36, también de la Constitución, prevé que “la Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales”.

El Estatuto de Autonomía para Asturias, aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, dispone en su artículo 11.9 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución, en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.

Por su parte la Ley 2/1974, de 13 de febrero, establece la regulación de los Colegios Profesionales.

Por Real Decreto 116/2009, de 30 de octubre, se acuerda la segregación de la delegación de...

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