Scalabrino, Ubaldo : Le quote di ereditá nella successione legittima e testamentaria

AutorMariano Alonso Pérez
Páginas1729-1730

Scalabrino, Ubaldo : Le quote di ereditá nella successione legittima e testamentaria, Giuffré, Milano, 1966, 3.1 ed., 224 págs.

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Estamos ante una monografía de carácter eminentemente práctico. Mediante gráficos y operaciones aritméticas se hace aplicación de la conocida doctrina de Cicu en torno a la distinción entre una cuota de reserva y otra de legitima. Estudia en primer término el parentesco y sus grados, asi como la representación en el Derecho sucesorio. Ajeno a toda preocupación científica, los problemas se tratan de manera sencilla, ofreciendo una serie de ejemplos aplicativos de los diversos artículos del códice sobre la materia. Al referirse a la sucesión de los legitimarios, opina que la ley ha tratado de protegerlos adecuadamente mediante la introducción de una cuota de reserva y otra de legítima. Sabemos que el autor, discípulo de Cicu, ha seguido fielmente la famosa distinción que en el año 1941 estableció por primera vez el antiguo profesor de Bolonia (cfr. Successione legittima e dei legittimari, 2.a ed., Milano, 1943). La tesis dominante identificó ambos conceptos. Cicu ve una distinción de cuotas, lo que significa, en opinión de Mengoni, uno de los momentos «más felices y convincentes de las enseñanzas de Cicu en el campo de las sucesiones tnortis causa». La reserva tiene como finalidad determinar la parte que la ley garantiza al legitimario sobre los bienes relictos, incluso contra la voluntad del de cuius, y se refiere, por tanto, a los bienesPage 1730 hereditarios que existen en el momento de abrirse la sucesión. La legitima, en cambio, permite establecer si el causante, mediante donaciones y liberalidades dispuestas en el testamento, ha superado en perjuicio del legitimarlo la cuota de la que podía disponer libremente. La legítima, por tanto, puede lesionarse aun estando íntegra la cuota de reserva. Esta se compone de aquellos bienes pertenecientes al difunto al tiempo de su muerte y que pueden verse reducidos si se hacen donaciones o legados. En tal caso, los bienes del legitimario experimentan una disminución correlativa Para evitar que con tales liberalidades el testador pueda reducir el as hereditario, el Código ha fijado una cuota de legitima cuota activa y no hereditaria que ponga a salvo el derecho del legitimario. La ley, en definitiva, no se limita a reservar al legitimario una pars hereditatis, sino que le proporciona una utilidad neta integrada por un conjunto de bienes (pars bonorum) en...

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