Acuerdo de cooperación sobre un sistema mundial de navegación por satélite (GNSS) civil entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y Ucrania, hecho en Kiev el 1 de diciembre de 2005.

MarginalBOE-A-2013-13725
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyAcuerdo

La Comunidad Europea, denominada en lo sucesivo «la Comunidad»,

y

El Reino de Bélgica,

La República Checa,

El Reino de Dinamarca,

La República Federal de Alemania,

La República de Estonia,

La República Helénica,

El Reino de España,

La República Francesa,

Irlanda,

La República Italiana,

La República de Chipre,

La República de Letonia,

La República de Lituania,

El Gran Ducado de Luxemburgo,

La República de Hungría,

La República de Malta,

El Reino de Los Países Bajos,

La República de Austria,

La República de Polonia,

La República Portuguesa,

La República de Eslovenia,

La República Eslovaca,

La República de Finlandia,

El Reino de Suecia,

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,

Partes contratantes en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en lo sucesivo denominadas «Estados miembros»,

por una parte, y

Ucrania,

por otra,

denominadas en lo sucesivo «las Partes»,

CONSIDERANDO los intereses comunes en el desarrollo de un sistema mundial de navegación por satélite para uso civil,

RECONOCIENDO la importancia de GALILEO como contribución a la infraestructura de navegación e información en la Comunidad Europea y Ucrania,

RECONOCIENDO lo avanzado de las actividades de navegación por satélite que lleva a cabo Ucrania,

CONSIDERANDO el creciente desarrollo de las aplicaciones GNSS en Ucrania, la Comunidad Europea y otras zonas del mundo,

Han acordado lo siguiente:

ARTÍCULO 1. Finalidad del acuerdo

El acuerdo tiene por finalidad alentar, facilitar y mejorar la cooperación entre las Partes en el ámbito de la navegación mundial por satélite de carácter civil.

ARTÍCULO 2. Definiciones

A los efectos del presente Acuerdo se entenderá por:

aumentos

: mecanismos regionales o locales, tales como el Sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario (EGNOS), que permiten a los usuarios obtener un mejor rendimiento en aspectos como la precisión, la disponibilidad, la integridad y la fiabilidad;

GALILEO

: sistema autónomo civil europeo de navegación y temporización por satélite a escala mundial, bajo control civil, destinado a la prestación de servicios GNSS, que ha sido diseñado y desarrollado por la Comunidad y sus Estados miembros. La explotación de GALILEO podrá transferirse al sector privado. GALILEO prevé servicios abiertos, comerciales, de seguridad de la vida y de búsqueda y salvamento, además de un servicio público regulado seguro y de acceso restringido, concebido para satisfacer las necesidades de los usuarios autorizados del sector público;

servicio abierto GALILEO

: servicio accesible al público en general, de prestación gratuita;

servicio de seguridad de la vida GALILEO

: servicio basado en el servicio abierto que además proporciona información sobre integridad, permite la autenticación de la señal y ofrece garantías de servicio y otros elementos necesarios para las aplicaciones de salvaguardia de la vida, como aviación y transporte marítimo;

servicio comercial GALILEO

: servicio que permite el desarrollo de aplicaciones con fines profesionales y mejores prestaciones que el servicio abierto, especialmente en cuanto a velocidad de transmisión de datos, garantías de servicio y precisión;

servicio de búsqueda y salvamento GALILEO

: servicio que mejora las operaciones de búsqueda y salvamento, ya que proporciona una localización más rápida y precisa de las balizas de socorro y permite el envío de mensajes de respuesta;

servicio público regulado GALILEO

: servicio de posicionamiento y temporización seguro de acceso restringido, específicamente concebido para satisfacer las necesidades de los usuarios autorizados del sector público;

elementos locales de GALILEO

: mecanismos locales que proporcionan a los usuarios de las señales de navegación y temporización basadas en satélite de GALILEO información suplementaria a la procedente de la constelación principal utilizada. Se pueden desplegar elementos locales para mejorar el rendimiento en torno a aeropuertos, puertos marítimos, medios urbanos y otros entornos que presenten dificultades por causas geográficas. GALILEO proporcionará un planteamiento general para el desarrollo de elementos locales, con el fin de contribuir al despegue del mercado y facilitar la normalización;

equipo de navegación, posicionamiento y temporización mundial

: todo equipo civil propuesto al usuario final que esté diseñado para transmitir, recibir o procesar señales de navegación o temporización basadas en satélite, con el fin de prestar un servicio u operar con un aumento regional;

medida reglamentaria

: toda ley, disposición, norma, procedimiento, decisión o actuación administrativa similar de una Parte;

interoperabilidad

: situación del usuario en la que un receptor de doble sistema puede utilizar conjuntamente señales de dos sistemas, proporcionando un rendimiento igual o superior al obtenido con un solo sistema. La interoperabilidad de los sistemas de navegación mundiales y regionales mejora la calidad de los servicios ofrecidos a los usuarios;

propiedad intelectual

: concepto que figura en el artículo 2 del Convenio por el que se establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967;

responsabilidad

: obligación legal de una persona física o jurídica de indemnizar a otra persona física o jurídica por los daños o perjuicios que le haya causado, de conformidad con las normas y principios jurídicos pertinentes. Dicha obligación puede estar estipulada en un acuerdo (responsabilidad contractual) o recogida en una norma legal (responsabilidad extracontractual);

información clasificada

: información, cualquiera que sea su forma, que precisa protección frente a cualquier revelación no autorizada que pueda perjudicar, en grado diferente, los intereses fundamentales, incluida la seguridad nacional, de las Partes o de Estados miembros concretos. Su clasificación se indicará mediante una marca de clasificación. La información será clasificada por las Partes de conformidad con las leyes y...

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