DECRETO 81/2009, de 16 de junio, por el que se establecen los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijan sus cuantías.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Junio de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 1.030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, dispone en su artículo 2.7, conforme a lo previsto en el artículo 83 de la Ley General de Sanidad en relación con la Disposición Adicional 22 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que los servicios públicos de salud reclamarán a los terceros obligados al pago del importe de las atenciones o prestaciones sanitarias facilitadas directamente a las personas, de acuerdo con lo especificado en el anexo IX del mencionado Real Decreto 1.030/2006.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Decreto 21/1995, de 10 de febrero, por el que se acordaba la aplicación y se desarrollaba la regulación del precio público de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud, se determinaron las prestaciones de servicios sanitarios que tienen la naturaleza de precio público.

Posteriormente, por Orden de 2 de junio de 1995, de la extinta Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, se fijaron las cuantías de los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud.

Por último, y como consecuencia de las necesarias adaptaciones que han de realizarse con el transcurso del tiempo y la aparición de nuevas circunstancias, se dictó el Decreto 211/2001, de 13 de diciembre, por el que se establecían los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijaban sus cuantías.

Durante el período transcurrido desde que se dictó la citada norma reglamentaria se ha incrementado la cartera de prestaciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud con nuevas técnicas, actuaciones e intervenciones no contempladas en la misma, lo que hace necesario su cobertura normativa.

Por otro lado, la experiencia adquirida ha puesto de manifiesto la necesidad de establecer criterios uniformes que ayuden a una mejor interpretación y aplicación de esta norma.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Sanidad, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 16 de junio de...

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