STSJ Andalucía , 27 de Enero de 2003

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2003:1279
Número de Recurso5284/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN PRIMERA RECURSO 5.284/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 29 DE 2.003 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez Ilmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García Dª. Mª Luisa Martín Morales

En la ciudad de Granada, a veintisiete de enero de dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 5.284/97 seguido a instancia de D. Jose Enrique , que comparece representado por el Procurador D. Adolfo Clavarana Caballero y dirigido por Letrado, siendo parte demandada el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, en cuya representación y defensa interviene el Letrado del mismo. La cuantía del recurso es 3.000.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expedien-te administrativo, que ha sido aportado. SEGUNDO.- En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia estimando el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra las dos Resoluciones impugnadas, revocándolas y declarando, en primer lugar, la nulidad del Pliego de Cargos y del Expediente Administrativo a partir del mismo, y, alternativamente, su Caducidad; y, subsidiariamente, de entrar a conocer del fondo, dejar sin efecto, revocándolas, las resoluciones impugnadas, declarando el sobresei-miento del Expediente sin responsabilidad para el expedientado, D. Jose Enrique , y reintegro al recurrente de las cantidades retenidas por el S.A.S. en ejecución anticipada de las sanciones, con sus intereses legales desde las fechas de recensión; y en ambos casos, con reserva a favor del recurrente de las acciones que le asisten para reclamar indemnización de perjuicios económicos y daños morales contra el S.A.S. derivados de la instrucción del Expediente. Todo ello con expresa imposición de costas a la Institución demandada. TERCERO.- En su escrito de contestación a la demanda, la Administra-ción demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que desestimando la demanda confirme la actuación de la Administración-. CUARTO.- Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta. QUINTO.- Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimar-se necesario por la Sala, se acordó pasar los autos al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripcio-nes legales en la tramitación del recurso. Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Manuel Cívico García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto del presente recurso contencioso- administrativo la impugnación por D. Jose Enrique , de la resolución de 29 de Septiembre de 1.997 de la Dirección Gerencia...

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