Cómo salvaguardar el patrimonio del autónomo

AutorAlba Perales González
Cargo del AutorAdministración Local
Páginas161-166
CAPÍTULO 13. CÓMO SALVAGUARDAR EL PATRIMONIO DEL AUTÓNOMO
Alba Perales González
Administración Local
1. CONCEPTO DE PATRIMONIO
Existen múltiples definiciones sobre el término patrimonio. Para empezar, el
glosario económico financiero ofrecido por el colectivo de Asesores Bancarios y
Financieros en su página web abanfincom define el concepto como el conjunto
de activos financieros y bienes tangibles que componen la fortuna de una persona
o de una sociedad
En este mismo sentido se pronuncia la Real Academia Española (RAE),
indicando que es el conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o
jurídica o afectos a un fin susceptibles de estimación económica
Si las analizamos desde una perspectiva económica, éstas dos definiciones
resultan incompletas. El diccionario económico publicado en economipedia.com
nos muestra un concepto más aplio y preciso de patrimonio Se refiere a él como el
conjunto de bienes, derechos y obligaciones con los que una persona, grupo de
personas o empresa cuenta y los cuales emplea para lograr sus objetivos Se
observa en esta definición que a parte de los bi enes y derechos, también es
necesario incluir las obligaciones.
Por último, encontramos una cuarta definición de patrimonio en el Diccionario
de Derecho (Casado, 2009, p.266), también más completa que las definiciones
anteriores Lo define como el conjunto de bienes y derechos que le pertenecen a
una persona o empresa menos las obligaciones contraídas ajustándose más a
nuestro sistema contable español en el que el patrimonio de una empresa se
obtiene de tomar el activo (A) que comprende la suma de bienes y derechos y
restarle el pasivo (P) que corresponden a las obligaciones.
2.FORMAS JURÍDICAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS
Nuestro ordenamiento jurídico español establece diferentes opciones en el
proceso de elección de la forma jurídica de una empresa. En primer lugar,
dependiendo de la actividad económica a desarrollar (sus características, sus
necesidades organizativas, financieras se puede optar por una forma jurídica
individual o bien una forma asociativa.
El evidente ejemplo de forma jurídica individual sería la persona física,
comúnmente denominado autónomo. En cuanto a ejemplos de formas asociativas

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