La salud mental en las prisiones de América Latina: breve repaso desde una perspectiva de derechos humanos

AutorDouglas Durán Chavarría
Cargo del AutorDirector del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente Miembro de la Comisión Científica de la Sociedad Internacional de Criminología Graduado con distinción de la Maestría en Criminología de la Université Catholique de Louvain
Páginas277-305
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SUMARIO: I. El enfoque de derechos y los instrumentos y recomenda-
ciones de Naciones Unidas. II. El Sistema Interamericano. III. Situación
de la salud mental y del acceso a servicios de atención en salud mental
en las prisiones de América Latina. 1. Prevalencia de enfermedades
mentales en prisiones de América Latina. 2. Las cárceles de Latinoamé-
rica como incubadoras de enfermedades mentales. 3. De las carencias
en materia de salud mental en las cárceles de América Latina. 4. Sobre
lo poco extendido del enfoque de género en la atención en salud men-
tal de la población femenina en las cárceles de América Latina. IV. ¿Qué
se debería hacer?
CAPÍTULO 11
LA SALUD MENTAL EN LAS PRISIONES
DE AMÉRICA LATINA: BREVE
REPASO DESDE UNA PERSPECTIVA
DE DERECHOS HUMANOS
Douglas Durán Chavarría
Director del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para
la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente
Miembro de la Comisión Científ‌ica de la Sociedad Internacional de Criminología
Graduado con distinción de la Maestría en Criminología
de la Université Catholique de Louvain
SALUD MENTAL Y PRIVACIÓN DE LIBERTAD ASPECTOS JURÍDICOS E INTERVENCIÓN
RICARDO M. MATA Y MARTÍN DIRECTOR | TOMÁS MONTERO HERNANZ COORDINADOR
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I. EL ENFOQUE DE DERECHOS Y LOS
INSTRUMENTOS Y RECOMENDACIONES
DE NACIONES UNIDAS
El tema de la salud mental en las prisiones es extremadamente impor-
tante en el contexto carcelario, lo cual se reeja en lo amplio del tratamiento
que a este se da en los instrumentos internacionales de Naciones Unidas, lo
mismo que en las recomendaciones que al respecto se recogen en gran canti-
dad de resoluciones, documentos e investigaciones de la Organización.
Este conjunto de instrumentos, pronunciamientos y recomendaciones
dan origen a un verdadero modelo penitenciario, el cual establece los estánda-
res mínimos en materia de privación de libertad1.
De conformidad con este modelo penitenciario y tal y como lo estable-
cen los Principios básicos para el tratamiento de los reclusos2, con excepción de
las limitaciones «…que sean evidentemente necesarias por el hecho del en-
carcelamiento, todos los reclusos seguirán gozando de los derechos humanos
y las libertades fundamentales consagrados en la Declaración Universal de
y su Protocolo Facultativo, así como de los demás derechos estipulados en
otros instrumentos de las Naciones Unidas…»3
Hay instrumentos que tienen como nalidad regular la situación de
poblaciones particulares, tales los casos de las Reglas de las Naciones Unidas
para la protección de los menores privados de libertad4o las Reglas de las Naciones
1 Elías CARRANZA: Cárcel y justicia penal: el modelo de derechos y obligaciones
de las Naciones Unidas y una política integral de seguridad de los habitantes frente
al delito, en Elías CARRANZA (Ed.): Cárcel y justicia penal en América Latina y
el Caribe, Siglo XXI Editores / ILANUD / Raoul Wallenberg Institute of Human
Rights and Humanitarian Law, México, 2009, p. 58.
2 Resolución 45/111 de la Asamblea General de Naciones Unidas.
3 Numeral 5.
4 Resolución 45/113 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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