ALEXY, Robert; KOCH, Hans-Joachim; KUHLEN, Lothar; RÜBMANN, Helmut, Elemente einer juristischen Begründungslehre

AutorJosé Manuel Cabra Apalategui
CargoUniversidad de Málaga
Páginas469-473

    ALEXY, Robert; KOCH, Hans-Joachim; KUHLEN, Lothar; RÜBMANN, Helmut, Elemente einer juristischen Begründungslehre, Nomos, Baden-Baden, 2003,544 pp.

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Asistimos a esta especie de alumbramiento colectivo que es la definición del nuevo paradigma cuyos efectos se hacen notar en todas las esferas del fenómeno jurídico. En este proceso de formación y expansión de un nuevo modelo jurídico-político en el que estamos inmersos y del que somos parte, el razonamiento jurídico ha pasado a ocupar, por diversos motivos (filosóficos, políticos y jurídicos), una posición privilegiada, como pone de manifiesto el grado de desarrollo alcanzado en las últimas décadas por las denominadas "Teorías de la argumentación jurídica". El abandono, tiempo ha, de una concepción mecanicista de la razón jurídica, propia de un enfoque estructural y estático del Derecho, dominada por el método y el conocimiento, en su acepción más científica, esto es, entendido como aproximación valorativamente neutral a la norma, ha dejado paso a una concepción del razonamiento jurídico gobernada por la idea de razón práctica que convierte la justificación o fundamentación (aquí términos equivalentes e intercambiables) en máxima aspiración de legitimidad de las decisiones jurídicas. Estos Materiales para una teoría de la fundamentación jurídica que ahora presentan Alexy, Koch, Kuhlen y RüBmann participan del objeto principal de la moderna teoría de la argumentación jurídica, esto es, del concepto de justificación jurídica (o dicho de otro modo, de justificación racional en el marco del ordenamiento jurídico). La obra no es sino una reunión sistemáticamente ordenada de trabajos ya publicados dispersos en diversas revistas y obras colectivas. En ellos se abordan, haciendo uso del instrumental conceptual de la filosofía analítica y de la teoría de la ciencia, distintos aspectos de una metodología jurídica transformada ya por la amplitud de su objeto -que abarca desde la clásica teoría del silogismo jurídico o la argumentación relativa a hechos hasta el actual método de la ponderación- en auténtica teoría comprehensiva de la fundamentación jurídica.

Si la fundamentación jurídica consiste en una actividad lingüística orientada a justificar racionalmente las decisiones jurídicas (en el marco del ordenamiento jurídico), desde un punto de vista estrictamente formal, no es distinta a cualquier otro tipo de razonamiento teórico o práctico. Por ello, el primer elemento de una teoría de la fundamentación jurídica se refiere necesariamente a la estructura lógica del razonamiento o postulado de la deductividad (Deduktivitdtspostulat], que establece como condición necesaria de todo razonamiento, también el jurídico, que éste pueda ser reconstruido como una inferencia deductiva, esto es, que la conclusión (decisión) derive lógicamente de las premisas. Pero, en la medida en que esta exigencia es únicamente condición necesaria, pero no suficiente, de la validez de un razonamiento, resulta obvio que la idea de fundamentación jurídica y la de deductividad no son coextensivas. En este sentido, la mayoría de los teóricos de la argumentación suelen distinguir entre dos aspectos de la fundamentación jurídica: la justificación interna, que intenta mostrar que la conclusión (decisión) del razonamiento se sigue lógicamente de las premisas, y la justificación externa, cuyo objeto es la verdad, corrección o aceptabilidad de las premisas aducidas en la justificación interna 1. Puede afirmarse, por tanto, Page 470 que mientras la justificación interna es una cuestión lógica o formal, la justificación externa es el ámbito propio del discurso jurídico, entendido éste como una práctica compleja en la que se despliegan argumentos de naturaleza diversa...

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