La Rioja: el desplazamiento, que no derogación, de la normativa autonómica sobre evaluación ambiental de planes y programas

AutorR. J. Santamaría Arinas
Páginas949-972
949
XXXIV
La Rioja: el desplazamiento, que no derogación, de
la normativa autonómica sobre evaluación ambiental
de planes y programas
RENÉ JAVIER SANTAMARÍA ARINAS
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA GENERAL. 2. NORMATIVA. 2.1. Hacia la
adaptación de la Ley de protección del medio ambiente de La Rioja. 2.2.
Evaluación ambiental de planes y programas: ¿desplazamiento o
derogación del Decreto 20/2009? 3. PLANES Y PROGRAMAS. 3.1.
Plan Director de Residuos de La Rioja 2016-2026. 3.2. Plan de
recuperación del águila-azor perdicera. 3.3. Otros. 4.
ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL. 4.1. Organización. 4.2. Gestión. 5.
JURISPRUDENCIA. 6. PROBLEMAS. 7. APÉNDICE
INFORMATIVO.
RESUMEN: Las reformas estatales de 2013 están tardando en incorporarse al
ordenamiento jurídico ambiental de La Rioja bastante más de lo previsto.
Esta demora está causando problemas jurídicos que afectan, sobre todo, a
la regulación de la evaluación ambiental de planes y programas. De
hecho, desde 2014 la Administración no aplica el Decreto 20/2009, que
la Consejería de Política Territorial da por derogado. Sin embargo, con
mejor criterio, el Proyecto de futura Ley de protección del medio
ambiente lo considera vigente aunque desplazado. En resaltar las
implicaciones prácticas de esta disputa se centra principalmente esta
crónica que, por lo demás, también da cuenta de las escasas novedades
normativas y jurisprudenciales registradas en el sector durante 2016.
PALABRAS CLAVE: Fuentes del Derecho. Derogación. Desplazamiento de normas
autonómicas. Evaluación ambiental estratégica. Planes sectoriales. Ruido
y comunidades de propietarios.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2017
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1. TRAYECTORIA GENERAL
Ya sin la cómoda mayoría absoluta de las cinco legislaturas
anteriores, la producción normativa del Parlamento de La Rioja se ha
reducido durante el año 2016 a su mínima expresión. Tan sólo ha aprobado
dos leyes que, por lo demás, nada tienen que ver con la temática que aquí
interesa. Además, rompiendo con su habitual praxis, no ha llegado a tiempo
a su cita anual con la Ley de presupuestos. Tampoco ha habido, por tanto,
“ley de acompañamiento”; fórmula que, a pesar de todos los pesares
teóricos, se venía empleando invariablemente para introducir reformas que
cada ejercicio han ido afectando sin excepción a la legislación ambiental
riojana. En estas circunstancias, se diría que nada ha podido alterar la
vigencia de normas con rango de ley. Sin embargo, no es esto lo que se
desprende de la lectura de escondidos documentos elaborados por la
Administración autonómica que, como se verá, dan por derogadas
previsiones contenidas en la Ley 5/2002, de 8 de octubre, de protección del
medio ambiente de La Rioja (en adelante, LPMAR) que, por el momento,
sigue siendo la norma central del sector.
Frente a esto -que pone en cuestión el sistema de fuentes aplicable en
materia de evaluación ambiental, nada menos-, todo lo demás resulta
secundario. No obstante, sépase que, junto a otras disposiciones de carácter
organizativo, se han actualizado dos planes preexistentes (águila-azor
perdicera y residuos) y se han adoptado otros nuevos (de medidas contra el
ruido y la avispa asiática). Con todo, las disposiciones más numerosas
siguen siendo, como ya se puso críticamente de manifiesto en la crónica
anterior, las adoptadas mediante órdenes del Consejero entre las que cabe
destacar las que vienen a completar el despliegue de las previsiones
contenidas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020.
2. NORMATIVA
2.1. HACIA LA ADAPTACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN
DEL MEDIO AMBIENTE DE LA RIOJA
Para abordar con la perspectiva requerida el problema que aquí se va
a plantear conviene recordar que la Ley 5/2002, de 8 de octubre, de
protección del medio ambiente de La Rioja (LPMAR), regula la parte
general del Derecho ambiental autonómico. Las previsiones en ella
contenidas sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos (EIA), la
autorización ambiental integrada (AAI) y la licencia ambiental municipal

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