STSJ Comunidad de Madrid 604/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2007:12852
Número de Recurso338/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución604/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 10604/2007

Apelación nº 338/2.007

Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal

Parte apelante: Letrado de la Comunidad de Madrid

Parte apelada: Ldo. D. Antonio Maciá Gómez (de "Perea Marítima, S.A.")

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM. 604.

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid, a veintiocho de Septiembre del año dos mil siete.

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Visto el recurso de apelación núm. 338/07 interpuesto por Letrado de la COMUNIDAD DE MADRID contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid de fecha 16 de Marzo de 2.007 que estima el recurso contencioso nº 35/06 respecto de resolución de la Dirección General de Trabajo sobre imposición de sanción laboral a "PEREA MARÍTIMA, S.A."; habiendo sido ésta la parte apelada representada por el Letrado D. Antonio Maciá Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación procesal de la parte impugnante formuló recurso de apelación frente a la resolución judicial reseñada, solicitando la revocación de la misma, y siguiéndose por el correspondiente Juzgado de lo Contencioso- Administrativo los trámites procedimentales previstos en los artículos 80.3 y 85 y siguientes de la Ley Jurisdiccional 29/1.998.

SEGUNDO

Recibidas en esta Sala las actuaciones y documentaciones correspondientes al recurso de apelación, y efectuados los trámites que constan en los autos, se señaló fecha para la votación y fallo del recurso de apelación, que tuvo lugar el día 28 de Septiembre del 2.007.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación trae causa de la Sentencia dictada el 16 de Marzo de 2.007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid que estimando el recurso contencioso nº 35/06 de "Perea Marítima, S.A.", anula resolución sancionadora de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid sobre imposición de multa de 30.05'01 euros correspondiente a infracción en materia de prevención de riesgos laborales, con expresa condena en costas a la Comunidad de Madrid.

La representación letrada de la Comunidad de Madrid apela tal sentencia exclusivamente respecto de su condena al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Conforme reiterada doctrina del Tribunal Supremo, de la que son exponentes entre otras sus Sentencias de 5 de Junio de 2.001 y 31 de Marzo y 15 de Diciembre de 2.003, la Sala puede y debe apreciar de oficio los presupuestos procesales de la apelación para comprobar su procedencia o no según el artículo 81 de la Ley Jurisdiccional Contencioso-Administrativa 29/1.998, siendo la admisibilidad o inadmisibilidad de los recursos una cuestión de orden público procesal, relacionada con el carácter improrrogable de la competencia de los Juzgados y Salas de lo Contencioso-Administrativo que determina el artículo 7 del mismo texto legal.

Así, en orden a la resolución de la apelación se hace preciso en primer término establecer la cuantía del asunto que se debate, teniendo en cuenta que conforme a reiterado criterio de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Auto de 18 de...

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