REY PÉREZ, J. L., 'La democracia amenazada', Cuadernos de la Cátedra de democracia y derechos humanos, núm. 6, Universidad de Alcalá-Defensor del Pueblo, Madrid, 2012, 142 pp.

AutorHermann Novotny Rincón
Páginas341-345
Rey Pérez, J.L., «La democracia amenazada», Cuadernos de la cátedra de democracia y derechos... 341
RJUAM, n.º 32, 2015-II, pp. 341-345ISSN: 1575-720-X
REY PÉREZ, J.L., «LA DEMOCRACIA AMENAZADA»,
CUADERNOS DE LA CÁTEDRA DE DEMOCRACIA Y DERECHOS
HUMANOS, NÚM. 6, UNIVERSIDAD DE ALCALÁ-DEFENSOR DEL
PUEBLO, MADRID, 2012, 142 PP.*
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El libro del que se da noticia, cuyo autor es José Luis Rey Pérez, Profesor Propio Ad-
junto de Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad Pontifi cia de
Comillas, constituye un análisis de las tres principales amenazas, según opinión del autor, a
las que se enfrenta la democracia. A lo largo de tres sugerentes y extraordinariamente bien
sistematizados capítulos, el autor se enfrenta de manera muy didáctica a cada una de las
tres amenazas aportando lo más importante que son propuestas de solución a las mismas. A
continuación, se analiza en sus perfi les esenciales cada uno de los mencionados capítulos
de la obra que aquí se recensiona.
I. CAPÍTULO I. LA AMENAZA DE LOS JUECES (PP. 13-65)
A la hora de abordar el papel de los jueces como amenaza a la democracia, el autor va
a identifi car y examinar la importancia que ha tenido el modelo clásico de separación de
poderes que confi guraban el Estado, de tal manera que el poder legislativo dicta las normas,
el ejecutivo las desarrolla y aplica y el judicial ejerce el poder coactivo del Derecho en caso
de incumplimiento de las normas. Por lo tanto, el papel de los jueces, siguiendo los dictados
del positivismo teórico, se reduce a un trabajo de aplicación mecánica de la norma, donde
de una manera idealista se ensalza el trabajo del legislador al concebir la producción nor-
mativa como una tarea perfecta y libre de resultados controvertidos. Sin embargo y gracias
al realismo jurídico desarrollado por varios autores a principios del siglo , se va a poner
de manifi esto que el juez a la hora de tomar decisiones no actúa de una manera mecánica
como pretendía el formalismo jurídico. El realismo jurídico no parte únicamente de la in-
determinación de la norma, sino también de múltiples factores que de manera inconsciente
infl uyen en todo el proceso de interpretación y toma de decisión por parte del juez. De tal
manera que en la actualidad la teoría del Derecho se ha centrado en la tarea de interpretación
* Fecha de recepción: 12 de agosto de 2015.
Fecha de aceptación: 22 de septiembre de 2015.
** Doctorando en el área de Filosofía del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).

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