Revista de revistas

AutorRedacción
Páginas431-452
REVISTA GENERAL DE DERECHO

Número 673-674 (Octubre-Noviembre 2000)

-La contrarreforma en materia de extranjería-, por RAFAEL MANZANA LAGUARDA, pág. 12695.

    Sumario: I. Introducción.-II. Consideraciones previas.- III. Estatuto material del extranjero.-IV. Estatuto Administrativo del Extranjero.-Conclusiones.

-Procedimientos abreviados, simplificados y acelerados, más facultades inquisitivas y adaptación a las nuevas competencias procedentes del tratado de la Unión Europea-, por JUAN LUIS CERVERA GARCÍA, pág. 12717 (sin sumario).

-El régimen de los actos de comunicación en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil-, por JOSÉ CARLOS MANRIQUE CABRERO, pág. 12743.

    Sumario: 1. Introducción.-2. Clases de actos de comunicación.-3. Notificaciones: 3.1. Destinatarios. 3.2. Plazo.-4. Funcionarios competentes para la practica de los actos de comunicación.-5. Forma de los actos de comunicación: 5.1. Comunicación mediante procurador. 5.2. Comunicación por correo. 5.3. Comunicación mediante entrega 5.4. Comunicación por medios electrónicos e informáticos.-6. Conclusiones.-7. Bibliografía.

-El derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa en el proceso civil. Jurisprudencia constitucional (1997-2000)-, por CARLOS ROMERO REY, pág. 12811.

    Sumario: 1. Introducción: Ámbito de aplicación y contenido de tal Derecho fundamental en el Proceso Civil.-2. Su consideración como un Derecho de Configuración Legal.- 3. Exclusión del Derecho a una actividad probatoria ilimitada.-4. La exigencia de indefensión material.

-La admisión a trámite de la solicitud de suspensión de pagos y sus efectos procesales-, por IGNACIO SANCHO GARGALLO y RICARDO CONDE DÍEZ, pág. 13311.Page 431

    Sumario: I. Suspensión de pagos: Configuración legal y presupuestos.-II. El examen Judicial de la solicitud y la providencia de admisión a tramite de la suspensión de pagos.-III. Efectos procesales de la providencia de admisión a tramite.

-El modelo estadounidense de tratamiento de los préstamos de socios: La doctrina de la equitable subordination-, por RAFAEL GUASCH MARTORELL, pág. 13349.

    Sumario: I. Introducción.-II. La sección 510 del -Bankrupcy Code-.-III. La dificultad de configuración de la doctrina de la -equitable subordination-. Los casos -Taylor-pep-per-comstock-.-IV. La -inequitable conduct- del socio acreedor.-V. La infracapitalizacion de la sociedad deudora.-VI. El exceso de control en la actuación del -non- insider-: 1. La categorización -Insider- versus -non insider-. 2. Los casos -American Lumber co.- Y -Clark pipe - supply Co-.-VII Aciertos y desaciertos del modelo estadounidense desde la perspectiva Europea.-VIII. Breves consideraciones en torno a la futura regulación en el Derecho Español.

-Notas sobre los principios del Derecho concursal en atención a una futura reforma legal-, por RICARDO YÁÑEZ VELASCO, pág. 13369.

    Sumario: I. Consideraciones previas.-II. El Derecho Concursal: La normativa del laberinto.-III. La fuerza de atracción concursal.-IV. Reflexión final.
REVISTA JURÍDICA DEL NOTARIADO

Número 33 (Enero-Marzo 2000)

-La economía de mercado y la función notarial como garantía de la seguridad jurídica-, por MANUEL FRAGA IRIBARNE, pág. 11 (sin sumario).

-La firma electrónica: Directiva 1999/93/CE, de 13 de diciembre de 1999, y Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre-, por FRANCISCO JAVIER GARCÍA MÁS, pág. 23.

    Sumario: I. Introducción.-II. Análisis de la directiva por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica.-III. Informe general en relación con el documento y el comercio electrónicos.-IV. Algunos comentarios sobre las Leyes Alemana e Italiana sobre firma electrónica: 1. Legislación Alemana 2. Legislación Italiana.-V. La norma Española: Exegesis del real Decreto-Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica: 1. Introducción. 2. Ámbito de aplicación 3. Definiciones. 4. Efectos Jurídicos de la firmaPage 432 electrónica. 5. La prestación de servicios de certificación. 6. Cuestiones de naturaleza técnica. 7. Régimen de infracciones y sanciones. 8. Otras cuestiones.

-Los complejos inmobiliarios privados-, por Rafael gómez-ferrer saPIña, pág. 75.

    Sumario: I. Introducción.-II. Las propiedades privativas o unidades inmobiliarias básicas. Requisitos: 1. Pluralidad de edificaciones o parcelas. 2. Independencia. 3. El destino de las edificaciones y parcelas. 4. Susceptibilidad de aprovechamiento independiente. 5. Pluralidad subjetiva.-III. Los elementos comunes y las unidades inmobiliarias básicas procomunales.-IV. Configuración de los complejos inmobiliarios y normas de aplicación: 1. Una sola comunidad de propietarios. 2. Una agrupación de comunidades de propietarios 2.1. Constitución de la agrupación de comunidades de propietarios por determinación del propietario único del complejo. 2.2. Constitución de la agrupación de comunidades por acuerdo mayoritario de las juntas de propietarios de las comunidades llamadas a integrarse. 3. complejo inmobiliario privado que no adopta ninguna de las formas jurídicas establecidas en el artículo 24.2. de la LPH.-V. El complejo inmobiliario privado constituido como una sola comunidad de propietarios: 1. Título constitutivo. 2. La inscripción del título constitutivo en el registro de la propiedad. 3. El régimen Jurídico del complejo inmobiliario.- VI. Los complejos inmobiliarios privados constituidos como agrupación de comunidades de propietarios: 1. El título constitutivo de la agrupac ión de comunidades de propietarios. 2 LA INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO CONSTITUTIVO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. 3. LAS ESPECIALIDADES DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS AGRUPACIONES DE COMUNIDADES: 3.1. Los órganos de gobierno de las agrupaciones de comunidades. 3.2. El fondo de reserva. 3.3. La obligación de contribuir al sostenimiento de los gastos generales de la comunidad agrupada: las deudas de las comunidades agrupadas con la agrupación de comunidades. 3.4. Las deudas de la agrupación de comunidades.-VII La extinción de los complejos inmobiliarios urbanos.-VIII. Bibliografía.

-Sobre el título inscrito-, por josé ángel Martínez Sánchez, pág. 137 (sin sumario). -El documento y la práctica documental-, por antonIO rodríguez adrados, pág. 181 (sin sumario). -Seguridad jurídica estática y seguridad jurídica dinámica-, por JUAN BMS. VALLET DE GOYTISOLO, pág. 207 (sin sumario).

Número 34 (Abril-Junio 2000)

-La autoprotección del discapacitado. Disposiciones en previsión de la propia incapacidad-, por miguel ángel campo güerRI, pág. 9.Page 433

    Sumario: I. Introducción.-II. Disposiciones Mortis causa: A) Institución de heredero en favor de quien cuide al testador en los últimos años de su vida B) La delegación de la facultad de distribuir y mejorar del artículo 831 del Código Civil: a) Que el cónyuge delegado sea cónyuge al tiempo de morir el testador; b) Que el cónyuge delegado conserve la viudez, esto es, que no contraiga segundas nupcias; c) Que existan hijos comunes, quienes además habrán de ser los beneficiados por el ejercicio de la facultad delegada.-III. DISPOSICIONES ÍNTER VIVOS: A) LA RENTA VITALICIA B) EL CONTRATO DE VITALICIO. C) EL CONTRATO DE SOCIEDAD. D) LA DONACIÓN.-IV. EL PODER DE AUTOPROTECCION.-V. LA AUTOTUTELA: A) INTRODUCCIÓN B) ADMISIBILIDAD DE LA FIGURA C) ELEMENTOS DE LA AUTOTUTELA 1. La capacidad del tutelado. 2. Elemento formal. 3. Contenido de la disposición. D) eficacia de la disposición.

-Aspectos jurídicos y fiscales del divorcio amistoso-, por pedro carrión garcía DE PARADA, pág. 31.

    Sumario: I. Estudio de Derecho comparado en materia de di-vorcio (especialmente de divorcio amistoso): 1. Introducción. 2. Estudio 3. Conclusiones: 1º Todas las legislaciones admiten el divorcio. 2.º El divorcio simplemente por consentimiento mutuo no es admitido. 3.º Se exige la intervención de una autoridad que declare el divorcio. 4.º Normalmente es una autoridad judicial, excepcionalmente una administrativa. 5º ¿A qué se extiende el control} 6.º ¿Cómo se practica el control? Procedimiento (respuesta de cada país por orden alfabético). 7.º ¿Cuál es el protagonismo de los propios cónyuges? (respuesta de cada país). 8.º 1'. Respuestas de cada país a las dos cuestiones siguientes: A) Derecho Internacional Privado: ley aplicable. B) Tratamiento fiscal del divorcio. 2'. Convención sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial (acta del Consejo de 28 de mayo de 1998). 3'. Conclusiones en materia fiscal: impuestos directos e indirectos.- II. PROPUESTA DE TRABAJO: ESTUDIO DE LEGE FERENDA: 1. INTRODUCCIÓN. 2. -DESJUDICIALIZACIÓN- DEL DIVORCIO AMISTOSO: I1. Fortalecimiento de la autonomía de la voluntad de los cónyuges: A) Razones. B) ¿Cuál es la voluntad protegida?: a) La voluntad de divorciarse siempre que sea: verdadera, seria, meditada: libre: consciente exteriorizada: b) La~voluntad y los acuerdos sobre las consecuencias del divorcio. C) Una vía posi-ble para facilitar su formación: los institutos de mediación. D) ¿Puede ser absoluta la autonomía de la voluntad? E) Contenido: 2\ Mantenimiento de controles: A) ¿Está justificado? B) Nivel de control. C) -Desjudicialización- del control que sirva para facilitar la formación de la voluntad común. 3\. Intervención del notario: A) Razón. B) Tipo de control. 3. CONCLUSIONES. COMENTARIO: El...

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