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AutorRedacción
Páginas851-870
REVISTA DE DERECHO URBANÍSTICO número 223 (enero 2006)

"El delito urbanístico (art. 319 CP): ¿delito común o especial?", por Víctor Gómez Martín, pág. 11.

    Sumario: I. Planteamiento.-II. Los argumentos en favor de la consideración del delito urbanístico como delito espe-cial.-III. Los argumentos en favor de la consideración del delito urbanístico como delito común.-IV. La posición intermedia o mixta.-V. Toma de posición.

"Estado actual de la discusión en torno a los delitos sobre la ordenación del territorio (I): la construcción y edificación ilegal", por Manuel Gómez Tomillo (Profesor Titular de Derecho Penal), pág. 35.

    Sumario: 1. Introducción.-2. Análisis del artículo 319.1 del código penal: 2.1. Bien jurídico. 2.2. Sujeto activo. 2.3. La conducta típica: 2.3.1. El concepto de "construcción". 2.3.2. El carácter no autorizado de la construcción. 2.3.3. Carácter del suelo en el que se lleva a cabo la construcción. 2.4. Tentativa. 2.5. Problemas de autoría y participación: 2.5.1. La responsabilidad de quienes desarrollan un rol subordinado, en especial, los trabajadores de la construcción. 2.5.2. La coautoría sucesiva. 2.6. Antijuridi-cidad.-3. Análisis del artículo 319.2 del código penal: 3.1. La conducta típica: 3.1.1. El concepto de edificación. 3.1.2. El carácter no auto-rizable de la edificación. 3.1.3. El suelo no urbanizable. 3.1.4. Conclusión: el carácter residual del artículo 319.2 cp. 3.2. Formas de aparición del delito: tentativa, autoría y participación.-4. Análisis de la posibilidad de proceder a la demolición de la obra: el artículo 319.3 cp.

"Cuestiones claves de los delitos urbanísticos desde una perspectiva comparada", por María Acale Sánchez.

    Sumario: 1. Acercamiento criminológico.-2. Delitos urbanísticos versus bienes jurídicos protegidos.-3. Delitos urbanísticos: cuestiones claves: 3.1. Bien jurídico protegido: lesión o puesta en peligro. 3.2. Ultima ratio del derecho penal. 3.3. Opciones sistemáticas: el recurso a las leyes penales en blanco. 3.4. La mutabilidad delPage 851 objeto de protección: a) La obtención en sanatorio, de la autorización; b) Cambio de la calificación urbanística del suelo. 3.5. Alcance del principio NON BIS IN IDEM. 3.6. Tipo subjetivo. 3.7. Tolerancia por parte de la Administración. 3.8. Sujeto activo: a) Particulares y profesionales; b) Funcionarios públicos y autoridades. 3.9. Penalidad: a) Sanciones para las personas físicas; b) Sanciones para las personas jurídicas; c) Medidas reales.
REVISTA DE DERECHO MERCANTIL número 258 (octubre-diciembre 2005)

"La protección de las invenciones de productos químicos y farmacéuticos mediante patentes solicitadas y concedidas con anterioridad a la fecha de aplicación del acuerdo sobre los trips", por José Massaguer, pág. 1341.

    Sumario: 1. Introducción.-2. Antecedentes: 2.1. La protección de las invenciones de productos químicos y farmacéuticos en españa. 2.2. La autoejecutividad de los artículos 27 y 70.2 del acuerdo.-3. La aplicación de las disposiciones del acuerdo a las patentes concedidas con anterioridad a su fecha de aplicación y a las invenciones que constituyen su objeto ("materia existen-te").-4. Las consecuencias de la aplicación de las disposiciones del acuerdo sobre las patentes concedidas con anterioridad a su fecha de aplicación: 4.1. La obligación de proteger las invenciones químicas y farmacéuticas comprendidas en las descripciones de las patentes viejas. 4.2. La protección de las reivindicaciones de producto en patentes españolas. 4.3. La protección de las reivindicaciones de producto en patentes europeas para españa: 4.3.1. Patentes europeas para españa con un juego único de reivindicaciones que incluye reivindicaciones de producto. 4.3.2. Patentes europeas para españa con un juego específico de reivindicaciones para españa que carece de reivindicaciones de producto.- 5. La oportunidad de la modificación de la lp en el sentido propuesto por la enmienda número 6 del grupo parlamentario catalán (convergencia I unió) al proyecto de ley por el que se amplían los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial.

"La disciplina reguladora de la cesión de la marca en la Ley 17/2001: cuestiones relevantes", por María Teresa Ortuño Baeza, pág. 1379.

    Sumario: I. Introducción: 1. Consideraciones preliminares. 2. Contenido y justificación de los cambios normativos. 3. Rasgos básicos de la regulación de la marca como objeto de propiedad.-II. La cesión libre de la marca: directrices comparadas y de derecho español: 1. La marca como objeto de negocios jurídicos: vinculación marca-empresa: 1.1. Tratamiento de laPage 852 cuestión en el derecho comunitario e internacional. 1.2. Influencia de la normativa comunitaria en las legislaciones de los estados miembros: convergencia hacia una unidad de sistema. 2. Tratamiento de la cuestión en derecho español: 2.1. Tradicional adscripción de la legislación española al sistema de la cesión libre de la marca: 2.1.1. Situación anterior a la lm 1988. 2.1.2. Regulación en la lm 1988. 2.2. Adscripción de la lm 2001 al sistema intermedio: 2.2.1. Regla de la cesión. Ubre de la marca. 2.2.2. Presunción de cesión de la marca junto con la transmisión de la empresa. 2.2.3. Matiz acción de la regla de la cesión libre: cautela prevista en el momento de la inscripción. 2.2.4. La caducidad de la marca como control que opera tras el uso de la marca por el cesionario.-III. Supuestos especiales: 1. Cesión parcial. 2. Mecanismos de transmisión de la marca en situación de cotitularidad: 2.1. Consideraciones generales. 2.2. Derecho de tanteo y retracto.

"El arbitraje internacional en la nueva Ley de Arbitraje española", por Juan Fernández-Armesto, pág. 1469.

    Sumario: 1. Introducción: 1.1. Panorámica general: a) función del arbitraje internacional. B) la progresiva aceptación del arbitraje internacional. 1.2. Diferenciación entre arbitraje interno e internacional: a) domicilio de las partes. B) lugar de arbitraje. C) relación jurídica internacional. 1.3. Diferenciación entre arbitraje con sede en españa y con sede en el extranjero.- 2. Fuentes del arbitraje internacional: 2.1. Tratados internacionales: a) los tratados ginebrinos. B) el convenio de nueva york. C) el convenio europeo sobre arbitraje. D) convenios bilaterales. 2.2. La ley de arbitraje: a) aplicación territorial de la ley de arbitraje: arbitrajes internacionales con sede en españa. B) aplicación de la ley de arbitraje a arbitrajes internacionales con sede en el extranjero.-3. El convenio arbitral: 3.1. Normativa aplicable al convenio arbitral; 3.2. La capacidad y representación de las partes: a) arbitrajes con estados o empresas públicas. B) alegación de falta de capacidad o representación por empresa privada. 3.3. Efectos del convenio arbitral: a) efectos positivos. B) efectos negativos.-4. La arbitralidad de las controversias.-5. Normas aplicables al fondo de la controversia: 5.1. Elección por las partes de las normas jurídicas aplicables al fondo: a) ordenamiento jurídico. B) reglas comunes al comercio internacional. C) decisión en equidad. 5.2. Elección por los árbitros de las normas jurídicas aplicables al fondo. 5.3. Las estipulaciones del contrato y los usos aplicables.-6. El procedimiento: 6.1. Ley aplicable al procedimiento. 6.2. Especialidades procesales del arbitraje internacional: a) la designación de los árbitros. B) duración del procedimiento. C) plazos para pedir la corrección del laudo.

"Régimen jurídico del abordaje en la propuesta de Anteproyecto de Ley General de la Navegación Marítima (2004)", por José Manuel Martín Osante.

    Sumario: I. Introducción.-II. Normativa reguladora del abor-daje.-III. Concepto de abordaje en la palgnm: 1. Concepto jurídico de abordaje. 2. Los nuevos vehículos de la navegación: 2.1. El buque: a) aspectos generales. B) buques de estado y de guerra. C) navegación por aguas interiores. D) consideración final. 2.2. La embarcación y la unidad menor. 2.3. El artefacto naval. 3. Choque material: 3.1. Contacto físico.Page 853

3.2. Límites físicos del choque. 3.3. Daños sin contacto. 4. El daño. 5. El lugar.-IV. SUJETOS RESPONSABLES DEL ABORDAJE EN LA PALGNM: 1. El naviero. 2. El propietario-no naviero. 3. El gestor naval y el consignatario. 4. Los dependientes del naviero. 5. Otros.-V. CARACTERÍSTICAS DE LA RESPONSABILIDAD EN LA PALGNM: 1. Responsabilidad ex-tracontractual, contractual y EX DELICTO. 2. Responsabilidad directa. 3. Derecho de repetición.-VI. FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD EN LA PALGNM.-VII. REQUISITOS DE LA RESPONSABILIDAD DEL NAVIERO EN LA PALGNM: 1. Culpa. 2. Relación de dependencia. 3. Ejercicio de las funciones.-VIII. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR ABORDAJE EN LA PALGNM: 1. Abordaje culpable: 1.1. Concurrencia de culpa: A) Culpa en el mantenimiento. B) Culpa en la navegación. 1.2. Abordaje culpable unilateral: A) Concepto. B) Régimen jurídico. 1.3. Abordaje culpable común o por culpa compartida: A) Concepto. B) Régimen jurídico: B.1. Reparto de la responsabilidad. B.2. Solidaridad. B.3. Daños causados a personas o cosas situadas fuera de los buques. 2. Abordaje fortuito: 2.1. Concepto. 2.2. Régimen jurídico. 3. Abordaje dudoso o por causas desconocidas: 3.1. Concepto. 3.2. Régimen jurídico.-IX. REQUISITOS FORMALES, PRESCRIPCIÓN Y CONTAMINACIÓN EN LA PALGNM: 1. Requisitos formales. 2. Prescripción. 3...

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