Decreto 19/2001, de 13 de febrero, por el que se revisan los Precios Públicos de los servicios prestados por la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Decreto 49/1993, de 24 de junio, estableció los precios públicos correspondientes a la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos. Las variaciones en las demandas de los ciudadanos respecto al tipo y duración de los cursos que se imparten aconsejan variar los precios ajustándolos a precios por día, de forma que se puedan adaptar de manera sencilla a las necesidades de los usuarios de la Escuela.

Al concurrir circunstancias de utilidad social que aconsejan el mantenimiento de unos precios por debajo del coste estimado de los servicios, corresponde al Consejo de Gobierno, a tenor del artículo 17.2 de la Ley 9/1992, de Tasas y Precios Públicos, por lo que, a propuesta conjunta de las Consejerías de Cultura y Deporte, y Economía y Hacienda, de acuerdo con los informes preceptivos y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de febrero de 2001,

DISPONGO

Artículo 1 La prestación de servicios en la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos será retribuida mediante precio público.
Artículo 2 Los importes de los precios públicos que se establecen por el presente Decreto serán los siguientes:
  1. Cursos de vela ligera:

    1.1. Ciclo de primavera y otoño:

    1. Matrícula y actividad: 1.800 pesetas (10,82 euros) por persona y día.

    2. Manutención:

      ¿Alojamiento y pensión completa: 1.700 pesetas (10,22 euros) por persona y día.

      ¿Media pensión (sólo comida): 700 pesetas (4,21 euros) por persona y día.

      1.2. Ciclo de verano (1 de julio a 31 de agosto):

    3. Matrícula y actividad: 3.300 pesetas (19,83 euros) por persona y día.

    4. Manutención:

      ¿Alojamiento y pensión completa: 2.650 pesetas (15,93 euros) por persona y hora.

      ¿Media pensión (sólo comida):1.100 pesetas (6,61 euros) por persona y día.

  2. Cursos de vela crucero:

    2.1. Ciclo de primavera y otoño:

    ¿Matrícula y actividad: 2.100 pesetas (12,62 euros) por persona y hora.

    2.2. Ciclo de verano (1 de julio a 31 de agosto):

    ¿Matrícula y actividad: 3.000 pesetas (18,03 euros) por persona y hora.

Artículo 3
  1. Los precios públicos anteriormente reseñados serán los fijados por los servicios que se prestan independientemente de su completa utilización por el usuario.

  2. Dichas cuantías se...

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