DECRETO FORAL 6/2013, de 23 de enero, por el que se regula la declaración y publicación de las retribuciones, actividades y bienes de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, recoge en su artículo 13, dentro de la información que ha de hacerse pública, las retribuciones, actividades y bienes de los miembros del Gobierno de Navarra y altos cargos de la Administración Pública, así como las cesantías percibidas cuando dejen de desempeñar sus cargos. Así mismo, los artículos 63 y 64 de la misma Ley Foral reiteran la necesidad de publicar estos extremos referidos a los altos cargos, que deberá llevarse a cabo en la forma establecida en la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su redacción dada por la Ley Foral 12/2012, de 21 de junio, añade un nuevo apartado 6 al artículo 3 bis en el que determina que se publicarán en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet, en la forma que reglamentariamente se determine, las prestaciones económicas percibidas, de conformidad con el apartado 2 de ese artículo, por los ex miembros del Gobierno de Navarra, por los ex Directores Generales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o por los ex Directores Gerentes de los organismos públicos dependientes de la misma. Así mismo, el artículo 9.3 recoge que los datos registrales relativos a las retribuciones y otras cantidades percibidas por los miembros del Gobierno de Navarra y altos cargos de la Administración Pública por el desempeño de actividades compatibles, y los relativos a los bienes y derechos patrimoniales que posean al inicio, durante y al final de su mandato o cargo público se publicarán en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet, en la forma que reglamentariamente se determine. A estos efectos, la información referida a los bienes y derechos patrimoniales se publicará por referencia a su valor y forma de adquisición, omitiéndose los datos relativos a su localización y salvaguardando la privacidad y seguridad de sus titulares.

En cumplimiento de lo dispuesto en las referidas normas legales, procede aprobar un Decreto Foral en el que se concreten los...

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