DECRETO 168/1987, de 24 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por la que se fija la retribución a percibir en concepto de asistencias por quienes formen parte de los Tribunales y Comisiones de Selección de personal laboral.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 168/1987, de 24 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por la que se fija la retribución a percibir en concepto de asistencias por quienes formen parte de los Tribunales y Comisiones de Selección de personal laboral.

La multiplicidad y complejidad de los procesos selectivos de personal laboral a contratar por la Diputación General de Aragón exigen una intensa y cualificada dedicación por parte de quienes han de actuar como miembros de los Tribunales y Comisiones de Selección, a menudo en horarios que exceden de la jornada laboral normal, y sin detrimento de sus tareas habituales. También es preciso contar, cada vez con mayor frecuencia, con profesionales que, no estando vinculados por relación de servicios con la Administración de la Comunidad Autónoma, se incorporen a los Tribunales para garantizar la mayor especialización técnica de éstos en las diversas categorías de los puestos convocados. Todo ello justifica la necesidad de que las actuaciones de los miembros de los Tribunales y Comisiones de Selección de personal laboral sean retribuidas, de la misma forma que lo son las de los que juzgan las pruebas selectivas de personal funcionario, a cuyo efecto procede la aplicación del concepto de "asistencias" previsto en la normativa vigente En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la...

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