Un reto para la justicia: los primeros seis meses de funcionamiento de los juzgados de violencia sobre la mujer de Madrid

AutorMario Capita Remezal
Cargo del AutorSecretario Judicial del Juzgado de Violencia sobre la mujer nº 2 de Madrid
Páginas89-95

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El día 29 de junio del pasado año, se inició la singladura de los juzgados de violencia sobre la mujer. Este hecho supuso la plasmación de la reivindicación de una importante parte de la sociedad española que venía anhelando la creación de órganos judiciales especializados para el conocimiento y tramitación de todos los hechos de violencia que se pudieran cometer contra una mujer, por parte de un hombre, en el ámbito de una relación sentimental. La puesta en marcha de los mismos, de hecho no está resultando nada fácil, sino al contrario, son numerosas las cuestiones de orden práctico, no sólo que plantea la ley desde el punto de vista material o sustantivo y desde el procesal o adjetivo, sino problemas en el desarrollo del trabajo diario que debe desarrollar un juzgado.

Esta exposición no tiene como finalidad realizar una interpretación de la norma jurídica, sino que su propósito es explicar cuál es el funcionamiento real de estos juzgados, la carga de trabajo que soportan y su eficacia para atajar un problema que cada vez se enquista más en la sociedad española y que preocupa hondamente a todos los sectores sociales y a las autoridades.

En principio, la previsión de creación de dos juzgados de violencia sobre la mujer en Madrid capital, se elevó a uno más, es decir a tres, que entraron en funcionamiento el día 29 de junio de 2005, si bien, el desbordamiento que estos sufrieron obligó a que se implantase en septiembre de ese mismo año, un juzgado bis, y en diciembre el juzgado nº. 4; ello vino provocado por el importante volumen de asuntos que se comenzaron a tramitar; concretamente en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 2 de Madrid, en el que estoy destinado, en los dos primeros trimestres de funcionamiento se han incoado:

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En materia penal, 463 Diligencias Urgentes, que han sido resueltas; 1 Sumario que está pendiente de resolver; 982 Diligencias Previas, de las que se han resuelto 403, estando pendientes 579; 64 Procedimientos Abreviados, de los que se han resuelto 14, quedando por resolver 50; 31 Juicios de Faltas de los que se han resuelto 18, quedando por solucionar 13. Ascendiendo el total de procesos que han entrado en el Juzgado a 1541, de los que se han resuelto 898 y se hallan por lo tanto por solucionar 643.

Hay que advertir que en el número total de procesos, tanto incoados como resueltos, se puede contabilizar un asunto dos o más veces, en función de que se haya incoado como diligencias urgentes, transformándose posteriormente en diligencias previas, para convertirse en procedimiento abreviado o transformación a juicio de faltas, por lo que el número total de procesos incoados y resueltos, no se corresponde con el número total de asuntos tramitados, siendo el primero más elevado.

Los tipos de infracciones penales más comunes, por este orden, han sido las lesiones y las amenazas e injurias. Suponiendo, dentro de los actos de violencia contra la mujer, los malos tratos físicos algo más elevados que los psíquicos.

Respecto a las Órdenes de Protección del art. 544 ter de la L.E.Cr., en estos primeros seis meses, se han solicitado 342, de las que se han concedido aproximadamente el 75 %, es decir 257 y se han denegado el resto, 85. Hay que tener en cuenta que también se han adoptado un importante número de medidas cautelares del art. 544 bis del mismo texto legal.

El porcentaje de víctimas españolas que han solicitado orden de protección ha sido de un 45 %, lo que supone un total de 154; 188 han sido extranjeras, correspondiendo con el 55 % de las solicitantes, en gran medida ecuatorianas y de otros países de América, así como en menor número rumanas o...

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