Retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados

AutorEduardo Berché Moreno
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Páginas354-358

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Una vez se haya minorado la cuota líquida con las deducciones estudiadas en el apartado anterior, deben restarse las retenciones (para retribuciones dinerarias), los ingresos a cuenta (para las retribuciones en especie) y los pagos fraccionados, propios de los titulares de actividades económicas.

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2.1. Obligados a retener (art 76 rirpf)

Según el artículo 76 del RIRPF, con carácter general, estarán obligados a retener o ingresar a cuenta, en cuanto satisfagan rentas sometidas a esta obligación:

· Las personas jurídicas y demás entidades, incluidas las comunidades de propietarios y las entidades en régimen de atribución de rentas.

· Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades.

· Las personas físicas, jurídicas y demás entidades no residentes en territorio español, que operen en él mediante establecimiento permanente.

· Las personas físicas, jurídicas y demás entidades no residentes en territorio español, que operen en él sin mediación de establecimiento permanente, en cuanto a los rendimientos del trabajo que satisfagan, así como otros rendimientos sometidos a retención que constituyan gasto deducible para la obtención de sus rendimientos.

2.2. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta (art 75 RIRPF)

Estarán sujetas a retención o ingreso a cuenta las siguientes rentas:

· Los rendimientos del trabajo, con excepción de las cantidades aportadas por promotores de planes de pensiones que se computen como retribución en especie.

· Los rendimientos del capital mobiliario

· Los rendimientos de actividades profesionales y actividades agrícolas o ganaderas.

· Arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Queda por tanto fuera del ámbito de la retención, el arrendamiento de inmuebles rústicos.

· Ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva.

· Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios, minas, del subarrendamiento de los bienes anteriores y los procedentes de la cesión del derecho de explotación del derecho de imagen.

· Los premios que se entreguen como...

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