ORDEN FORAL 105/2005, de 1 de junio, del Consejero de Educación, por la que se resuelven con carácter definitivo las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 105/2005, de 1 de junio, del Consejero de Educación, por la que se resuelven con carácter definitivo las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra.

Por Orden Foral 281/2004, de 13 de octubre, del Consejero de Educación, (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 128, de 25 de octubre de 2004), se aprueban las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra.

Por Resolución 349/2005, de 22 de marzo, del Director del Servicio de Recursos Humanos, se resuelven provisionalmente las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y desistimientos, procede elevar a definitiva la resolución provisional de las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con la base trigésima de las normas comunes a las convocatorias.

En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 36.2 c) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Elevar a definitiva la resolución de las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra, aprobadas por Orden Foral 281/2004, de 13 de octubre, del Consejero de Educación, de acuerdo con los siguientes Anexos:

    _Anexo I: Resolución definitiva de las convocatorias de readscripción en Centro.

    _Anexo II: Resolución definitiva de la convocatoria de derecho preferente.

    _Anexo III: Resolución definitiva de la convocatoria de concurso de traslados.

  2. El profesorado que, estando obligado a participar en el presente procedimiento de provisión de puestos, no haya obtenido destino definitivo, estará obligado a participar en los sucesivos concursos de traslados que se convoquen hasta obtener un destino definitivo.

  3. Los destinos adjudicados mediante la presente Orden Foral son irrenunciables. La toma de posesión de los mismos tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2005, cesando en el de procedencia el día 31 de agosto de 2005.

  4. Los funcionarios participantes en estas convocatorias que hayan presentado documentación acreditativa de méritos podrán retirarla, por sí o por persona debidamente autorizada, en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación, en el plazo de un mes contado a partir de la finalización del plazo previsto en el apartado siguiente.

  5. Contra la presente Orden Foral y sus Anexos puede interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  6. Publicar la presente Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  7. Trasladar la presente Orden Foral y sus Anexos a Secretaría General Técnica, al Servicio de Recursos...

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