La respuesta de la Constitución a la pretensión de quiebra

Páginas321-332
VII
LA RESPUESTA DE LA CONSTITUCIÓN
A LA PRETENSIÓN DE QUIEBRA
1. UN JUICIO JURÍDICO: A PROPÓSITO DEL INCICIO
DEL ENJUICIAMIENTO DE LOS ACUSADOS POR EL PROCÉS1
Los acusados han pretendido desde el minuto uno trasladar que primero la
instrucción y ahora el juicio, que ayer comenzó en la Sala Segunda del Tribu-
nal Supremo, no es sino el enjuiciamiento de una actuación política, empren-
dida por unos actores políticos en el libérrimo ejercicio de sus propias convic-
ciones políticas. De acuerdo con esta tesis, los hechos ideados y ejecutados son
naturalmente impunes, deben ser impunes, y, con la misma naturalidad, dichos
actores deben quedar inmunes. En realidad esta teoría es, de alguna forma, la
rememoración de la vieja tesis napoleónica de la irrevisabilidad de los actos que
los actores consideran políticos. Esta tesis es inconciliable a todas luces con el
Estado de Derecho.
Cualesquiera hechos o actos cometidos por cualesquiera personas que con-
travengan el ordenamiento jurídico están sujetos a enjuiciamiento, y cuando la
violación es del Derecho Penal en cuanto la conducta es encuadrable en alguno
o algunos de los delitos que el Código Penal tipifica, el enjuiciamiento corres-
ponde a los tribunales del orden penal. Nadie está al margen de la ley porque
la ley a todos obliga, sin que quepan a priori excusas o subterfugios personales
o institucionales en los que guarecerse para obviarla.
Sentado que no es el enjuiciamiento de una política ni de unas ideas polí-
ticas, sino de unos hechos penalmente relevantes que han sido presuntamente
cometidos por unas personas determinadas, las que se sientan en el banquillo
(y sólo éstas), la inmediata aseveración es que se trata simplemente de un juicio
jurídico que en el marco del Estado de Derecho se atribuye a los jueces y magis-
1 Publicado en Expansión el 13 de febrero de 2019.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR