SAP Madrid 180/2006, 28 de Marzo de 2006
Ponente | MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2006:4533 |
Número de Recurso | 85/2006 |
Número de Resolución | 180/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOEPIFANIO LEGIDO LOPEZRAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00180/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 19ª
ROLLO: RECURSO DE APELACION 85 /2006
Procedimiento: ORDINARIO 690/2004
Juzgado de 1ª Instancia nº 3 DE MADRID
Apelante/s: Nieves
Procurador: ELENA MUÑOZ GONZALEZ
Apelado/s: Carlos José
Procurador: MARIA LUISA MORA VILLARRUBIA
SENTENCIA Nº 180
PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, veintiocho de marzo de dos mil seis .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 690 /2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 85 /2006, en los que aparece como parte apelante Dª. Nieves, representada por la Procuradora Dª ELENA MUÑOZ GONZALEZ, y como apelado D. Carlos José, representado por la Procuradora Dª MARIA LUISA MORA VILLARRUBIA.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Madrid se dictó sentencia de fecha 13-07-2005 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sra. Muñoz González en representación de Dª Nieves debo absolver y absuelvo a D. Carlos José de las pretensiones de la actora con imposición a ésta última de las costas causadas".
Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por Dª Nieves, que fue admitido a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.
Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado Ponente y señalamiento de día para la deliberación y votación, la cual tuvo lugar el veintiuno de los corrientes.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante aduce como fundamento de su recurso el error en la valoración de la prueba por la sentencia dictada en la instancia, considerando que de las pruebas tanto aportadas como practicadas en el juicio se desprende la concurrencia de los requisitos o elementos que configuran la responsabilidad exigida al demandado; una acción u omisión negligente, un resultado dañoso y una relación de causalidad entre tales elementos.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba