SAP Madrid 704/2005, 19 de Octubre de 2005

PonenteMARIA JESUS ALIA RAMOS
ECLIES:APM:2005:12065
Número de Recurso743/2004
Número de Resolución704/2005
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

MARIA JESUS ALIA RAMOSFERNANDO HERRERO DE EGAÑA OCTAVIO DE TOLEDOCESAR URIARTE LOPEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00704/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 12ª

Rollo: RECURSO DE APELACION 743/04

PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 67 DE MADRID

JUICIO VERBAL 148/04

DEMANDANTE/APELADO: ALLIANZ, CIA SEGUROS Y REASEGUROS,

S.A.

PROCURADOR/A: DOÑA Mº EUGENIA FERNANDEZ-RICO FERNANDEZ

DEMANDADO/APELADO: DOÑA Susana

DEMANDADO/APELANTE: MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS

PROCURADOR/A: DON FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO

PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS

SENTENCIA Nº 704

Ilmos. Sres. Magistrados:

Mª JESÚS ALÍA RAMOS

FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

CESAR URIARTE LOPEZ

En MADRID, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 148/2004 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 67 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, con domicilio en representada por el Procurador DON FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO, y de otra, como apelado ALLIANZ, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por la Procuradora DOÑA Mª EUGENIA FERNANDEZ-RICO FERNANDEZ, y DOÑA Susana, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 67 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 28 de junio de 2004, cuya parte dispositiva dice: "Que, estimando en su integridad la demanda que ha dado origen al presente procedimiento, interpuesta por ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., debo condenar y condeno a DOÑA Susana Y MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, a que de forma solidaria abonen a la referida demandante la cantidad de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (1.247,58 euros), más los intereses legales que tal cantidad haya devengado desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas causadas en este procedimiento.". Notificada dicha resolución a las partes, por MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 11 de octubre de 2005, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JESÚS ALÍA RAMOS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El supuesto de hecho origen de esta litis fue el incendio del turismo Fiat Brava N-....-NC (propiedad de doña Susana y asegurado en Mafpre), estacionado en la calle Vereda de la localidad de Ciempozuelos, ocurrido sobre las 4'18 horas del día 18 de marzo de 2003, alcanzando las llamas al Citroën-Xantia D-....-AY, propiedad de don Silvio, y asegurado por la actora Allianz, ocasionándole daños por importe de 1.247'58 euros que se reclaman en este pleito, siendo desconocida la causa del incendio, como así resulta del informe emitido por el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, interviniente en la extinción del incendio.

La sentencia de...

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