Responsabilidad civil contractual y extracontractual

AutorAntonio Fayos Gardó
Páginas20-22
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I I . RESPONSABI LI DAD CI VI L CONTRACTUAL Y
EXTRACONTRACTUAL
Como hem os dicho la responsabilidad extracontractual ( arts.1093,
1902) se dist ingue de la que se produce bajo el ám bito del cont rato
(109 1,1254), son dos responsabilidades diferentes.
Pero com o a veces puede resultar difícil dist inguir ambos tipos de
responsabilidad la jurisprudencia admite en ocasiones que se ej ercit e
una acción de daños basada en un incumplimient o contractual y
extracontractual a la vez, acum ulándole las acciones, en virt ud del
llamado principio de la unidad de culpa civil. Se podrían así ej ercitar
las acciones de forma alter nativa, subsidiaria e incluso conjuntamente
(STS 24 de Julio de 1998, 20 de Junio de 1995,30 de Marzo de 2006 y
9 de Diciembre de 2008). Por ello hay a veces una tendencia a
reclam ar conjuntamente daños contract uales y extracontractuales;
así ocurre por ejemplo en aln supuesto en que se declara
contractual la relación con la clínica donde se produjo el parto, y

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